Convenio para la prevención y lucha contra el fraude al Sistema de la Seguridad Social
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Convenio para la prevenci...dad Social

Última revisión
23/05/2019

Convenio para la prevención y lucha contra el fraude al Sistema de la Seguridad Social

Tiempo de lectura: 4 min

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Materias: laboral, administrativo

Fecha: 23/05/2019

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La Secretaria de Estado de Seguridad, el Secretario de Estado de la Seguridad Social, el Director General de la Policía y el Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social han suscrito un Convenio para la persecución del fraude y la delincuencia económica en el ámbito de la Seguridad Social, 

El Convenio, publicado el pasado 22 de mayo, se aplicará en todo el territorio del Estado y respecto de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, con el objeto de fijar, dentro del marco general de especial colaboración ya existente entre la Dirección General de la Policía y las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, los mecanismos y procedimientos de actuación coordinada y conjunta en aras de una mayor eficacia de cara a la prevención y lucha contra el fraude al Sistema de la Seguridad Social, bajo las siguientes líneas de actuación:

1.ª?Potenciar el marco de relaciones entre las unidades especializadas en la investigación y persecución del fraude. Para ello se propone instrumentar los mecanismos de comunicación que resulten necesarios y permitan la interlocución permanente de los responsables intervinientes.

2.ª?Coordinación destinada al impulso de las distintas vías para la persecución de conductas fraudulentas y, en su caso, para el inicio de las acciones penales y la instrucción del correspondiente procedimiento. En el marco de dicha colaboración y desde el primer momento de la detección de los indicios delictivos, se canalizará, de forma coordinada y estratégica, toda la información obrante en el seno de la Administración en relación con las actuaciones de investigación realizadas por la SISS ya se hayan realizado por propia iniciativa o por encomienda de los organismos de la Seguridad Social.

3.ª?Facilitar los datos obrantes en las bases de datos de la Administración de la Seguridad Social, procediendo a su cesión en los términos establecidos en el artículo 77.1.a) y d) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

4.ª?El perfeccionamiento profesional en aquellas materias que sean precisas dentro de la actividad colaboradora, a través de la organización de los oportunos cursos de formación.

5.ª?La formación jurídica de todos los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía adscritos a la SISS en materia penal, administrativa y procesal.

Acceso a la información de las bases de datos de las entidades gestoras y Tesorería General de la Seguridad Social y cesión de los datos.

Las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social facilitarán, previa petición, el acceso de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) a los datos obrantes en sus bases de datos, asegurando en todo caso la confidencialidad de la información.

El acceso y suministro de información entre las partes de este Convenio, se efectuará conforme a lo dispuesto en la normativa de Protección de datos de carácter personal vigente y el artículo 77.1.a) y d) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Duración

La duración del Convenio se extenderá hasta el 30 de noviembre de 2019.

Plan de objetivos y actuaciones en la lucha contra el fraude y los delitos económicos en materia de Seguridad Social

Mediante anexo al Convenio, se establece el Plan de Objetivos y Actuaciones en la lucha contra el fraude y los delitos económicos en materia de Seguridad Social para el año 2019, así como el método de evaluación de resultados. En concreto en el año 2019, se pretende que las investigaciones relativas a delitos contra la Seguridad Social del artículo 307 del Código Penal, empresas ficticias y altas fraudulentas adquieran una relevancia significativa dentro de la actividad investigadora de la SISS.

 

  • Resolución de 21 de mayo de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad, la Secretaría de Estado de Seguridad Social, la Dirección General de la Policía y la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, para la persecución del fraude y la delincuencia económica en el ámbito de la Seguridad Social.

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