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Última revisión
04/06/2025

Creación de nuevas plazas y secciones en materia de violencia sobre la mujer y contra la infancia y la adolescencia

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Materias: administrativo

Fecha: 04/06/2025

El RD 422/2025, de 3 de junio, incrementa las plazas de jueces y fiscales en las Secciones de Violencia sobre la Mujer, crea nuevas Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, y amplía y modifica la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal.

Creación de nuevas plazas y secciones en materia de violencia sobre la mujer, la infancia y la adolescencia


A fin de fortalecer la lucha contra la violencia de género y la protección de menores, ha sido publicado en el BOE el RD 422/2025, de 3 de junio, cuyo objetivo central es crear nuevas plazas de jueces y fiscales especializados en violencia sobre la mujer, así como nuevas Secciones de Violencia contra la Infancia y Adolescencia. El nuevo real decreto entra en vigor el 5 de junio y las novedades introducidas por este serán efectivas a partir del 31 de diciembre de 2025.

El decreto establece la creación de 50 nuevas plazas de jueces  y 42 de fiscales en las Secciones de Violencia sobre la Mujer. Este incremento busca equilibrar la carga de trabajo del sistema judicial, especialmente en vista de la nueva competencia que se ha asignado a estas secciones en relación con la violencia sexual.

Adicionalmente, el Real Decreto 422/2025, de 3 de junio, introducirá tres nuevas Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, que se establecerán en las ciudades de Madrid, Barcelona y Málaga. Estas nuevas secciones también comenzarán a operar el 31 de diciembre de 2025, lo que contribuirá a garantizar una atención más especializada y efectiva a las víctimas más vulnerables.

Uno de los elementos clave del decreto es la ampliación de la jurisdicción de las Secciones de Violencia sobre la Mujer, constituyéndose un total de doce nuevas agrupaciones de partidos judiciales para el conocimiento de asuntos en esta materia. Este cambio tiene como propósito mejorar la atención a las víctimas, asegurando que se les brinde una respuesta adecuada y experta ante situaciones de violencia de género.

Los principios en los que se fundamenta esta normativa son la necesidad, eficacia, proporcionalidad y eficiencia, lo que implica que los recursos judiciales estarán debidamente adaptados a las realidades enfrentadas por las víctimas de violencia de género y sexual. El contexto de necesidad de amparo y protección de los derechos afectados explica la tramitación urgente de estas medidas.

Una de las innovaciones introducidas por el Real Decreto es un sistema de seguimiento que permitirá realizar un estudio sobre las cargas de trabajo de las nuevas secciones dentro del año de su funcionamiento, con el fin de ajustar recursos y medidas conforme a las necesidades que se presenten.

Desde una perspectiva legislativa, el Real Decreto 422/2025, de 3 de junio, deroga el anterior Real Decreto 1100/2024, de 29 de octubre, y modifica la planta judicial prevista en el anexo VI, Tribunales de Instancia, de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, y en los anexos VI y XIII de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre. Esta reforma estructural no solo es necesaria para mejorar la respuesta judicial, sino que también busca coordinar de manera más efectiva las diferentes jurisdicciones que abordan casos de violencia de género y protección de menores.

En relación con los procedimientos pendientes, se garantiza que magistrados y jueces en funciones conserven sus competencias hasta su conclusión.

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