Despedido procedente por abuso sobre las personas trabajadoras a su cargo al obl...adas ni registradas.
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Despedido procedente por ...gistradas.

Última revisión
07/05/2019

Despedido procedente por abuso sobre las personas trabajadoras a su cargo al obligar a realizar horas extra no remuneradas ni registradas.

Tiempo de lectura: 3 min

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Materias: laboral

Fecha: 07/05/2019

hombre mirando reloj
hombre mirando reloj

Recordando que en el marco de los despidos disciplinarios, ha de aplicarse la «teoría gradualista», para la ponderación proporcional entre derecho al trabajo (art.35.1 CE, derecho a no ser despedido sin justa causa) y la libertad de empresa. (art.38 CE), la reciente STSJ de Cataluña Nº 4640/2018, de 26 de noviembre de 2018, Rec. 4640/2018, ECLI: ES:TSJCAT:2018:10854, considera procedente el despido de un gerente por obligar a sus subordinados a entrar, antes del inicio de su jornada laboral, para realizar diversas tareas en el establecimiento que dirigía tales como reposición de productos en estanterías o marcación de precios, sin que ese trabajo efectivo quedara reflejado en el sistema de control horario.

El encargado había manifestó a sus subordinados, que debían ir al centro de trabajo a las 05:00 si querían que los formara con vistas a un posible ascenso, pero en lugar de formarlos trabajaban colocando mercancías, reponiendo y limpiando. Una vez en el establecimiento, les decía que no ficharan hasta las 06:00 porque habían ido a ayudar.

Según declaración testifical, el demandante no obligaba a los trabajadores a ir al establecimiento a las 05:00 pero ensalzaba a los que acudían a esa hora ante los que no lo hacían diciéndoles que aquellos eran mejores que ellos por este motivo.

Tras diversas quejas de sus subordinados, la empresa entregó al demandante una carta de despido por motivos disciplinarios que el gerente reclamó judicialmente.

Para la Sala de lo Social del TSJ, no hay duda que la conducta sancionada no es puntual u ocasional, sino que se reitera, por lo que encajaría en la sanción impuesta, y ello con independencia de que hubiera recibido o no una advertencia, pues dicho requisito no se exige por el tipo sancionador.

Igualmente, tampoco cabe duda de que la conducta desarrollada constituye un abuso en el trato con las personas situadas a sus órdenes, a quienes diciéndoles que les daba formación para el ascenso les hacía trabajar una hora extra en tareas que nada tenían que ver con esa formación, desactivando, además, la alarma, y evitando que se registrasen esas horas extraordinarias, todo ello con infracción de las normas básicas de registro de los tiempos de trabajo, que el trabajador, en tanto que Gerente de tienda conocía. Si bien es cierto que no les obligaba, matiza la Sala de lo Social, no es menos cierto que les alababa públicamente en detrimento de quienes no seguían tales sugerencias y todo ello con utilización de tiempo de trabajo no registrado en perjuicio de dichos trabajadores.

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