Última revisión
El SEPE informa sobre los plazos fijados por el RD-ley 30/2020 para la nueva solicitud colectiva por desempleo
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha emitido un nuevo aviso recordando que, las empresas afectadas por las prórrogas deberán formular una nueva solitud colectiva de prestación por desempleo antes del 20 de octubre de 2020 en base a las condiciones fijadas por el Acuerdo Social en Defensa del Empleo (RDL 30/2020)
Prórroga ERTEs: Las empresas afectadas por las prórrogas deberán formular una nueva solitud colectiva de prestación por desempleo antes del 20 de octubre de 2020.
Se debe utilizar siempre la plantilla que esté publicada en ese momento en la web del SEPE. Las solicitudes se enviarán exclusivamente a través del servicio de "Solicitud colectiva de prestaciones derivadas de ERTE consecuencia del COVID-19" de la sede electrónica del SEPE.
Fijos discontinuos: Igualmente el SEPE ha puesto a disposición de los usuarios un modelo de solicitud colectiva por desempleo pra trabajadores fijos-discontinuos por fin de campaña adaptado al RDL 30/2020
En todo caso la solicitud de prestación se presentará de forma colectiva por la empresa, a través de este formulario y en nombre de todos los trabajadores FIJOS DISCONTINUOS afectados por la situación de . Es importante que se indique a los trabajadores que no llamen ni acudan a las oficinas de Prestaciones y que no soliciten su prestación individualmente a través de la Sede Electrónica del SEPE ya que no es necesario y que eso solo llevaría a retrasos en la tramitación de las prestaciones por saturación del sistema.
ERTE y trabajo a tiempo parcial: La compensación se solicitará en modelo normalizado, que estará disponible próximamente, hasta el 30 de junio de 2021.
Fuente: SEPE