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Última revisión
17/05/2023

El Tribunal Supremo eleva las indemnizaciones a 14 familiares de fallecidos en el accidente de avión de Germanwings

Tiempo de lectura: 3 min

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Materias: civil

Fecha: 17/05/2023

El Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto por catorce familias de fallecidos en el siniestro aéreo ocurrido el 24 de marzo de 2015 en los Alpes franceses, causado por el copiloto de la compañía Germanwings. El Tribunal ha elevado la cuantía de las indemnizaciones aplicando el 50% como incremento con respecto a la cuantía que resulta de la aplicación del baremo de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, con el fin de resarcir el «duelo patológico» provocado por la pérdida de un ser querido.

El TS eleva las indemnizaciones a 14 familiares de fallecidos en el accidente de avión de Germanwings
El TS eleva las indemnizaciones a 14 familiares de fallecidos en el accidente de avión de Germanwings

 

El Tribunal Supremo eleva las indemnizaciones a 14 familiares de víctimas del accidente aéreo del 24 de marzo de 2015. El Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto por catorce familias de fallecidos en el siniestro causado por el copiloto del avión de la compañía Germanwings, que se estrelló en los Alpes franceses, matando a 150 personas.

El 24 de marzo de 2015 un avión de la compañía aérea Germanwings se estrelló en los Alpes franceses, causando la muerte de 150 personas. La investigación judicial determinó que el copiloto había intencionadamente llevado el avión a su destrucción. Catorce familias de fallecidos interpusieron un recurso extraordinario por infracción procesal al considerar que la Audiencia Provincial de Barcelona había vulnerado el principio de total indemnidad del perjudicado al utilizar el baremo de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, para fijar la cuantía de las indemnizaciones, que consideraban arbitrarias e injustificadamente reducidas. 

El baremo establecido por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, fue utilizado como criterio orientativo por la Audiencia Provincial de Barcelona, pero el TS consideró que el porcentaje de incremento aplicado (25% en circunstancias excepcionales, 20% en casos de convivencia y 10% en los que no se constatara convivencia) era demasiado bajo. 

Según el Tribunal Supremo, aunque el uso del baremo no es en sí mismo contrario al principio de indemnidad del perjudicado, el porcentaje de incremento establecido por la Audiencia Provincial de Barcelona vulneraba el mismo.

La Sala señala que: «(...) lo exiguo del porcentaje de incremento de la indemnización respecto de la cuantía que resultaría de la aplicación del baremo de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, en la redacción dada por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, (20% en unos casos y 10% en otros), supone una desproporción contraria al principio de indemnidad del perjudicado».

El TS ha estimado dicho recurso y ha elevado la cuantía de las indemnizaciones que cobrarán las familias de los fallecidos, aplicando el 50% como incremento con respecto a la cuantía que resulta de la aplicación del baremo de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. El Tribunal Supremo considera que el mencionado porcentaje es el adecuado para resarcir el «duelo patológico» provocado por la pérdida de un ser querido, especialmente en un siniestro de estas características. 

Por tanto, el Tribunal Supremo ha ratificado el recurso interpuesto por catorce familias de fallecidos en el siniestro de Germanwings, elevando la cuantía de las indemnizaciones, con el fin de resarcir el «duelo patológico» provocado por la pérdida de un ser querido en un siniestro no accidental, sino «(...) causado por la acción deliberada de uno de los miembros de la tripulación».

Fuente: Consejo General del Poder Judicial

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