Ha entrado en vigor el nuevo texto refundido de la Ley Concursal
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Última revisión
01/09/2020

Ha entrado en vigor el nuevo texto refundido de la Ley Concursal

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Materias: concursal

Fecha: 01/09/2020

Hombre con libro
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El nuevo texto de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo) ha entrado en vigor este 1 de septiembre del año 2020, pasando a adecuar la norma española a la Directiva europea en aspectos como los marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, así como otras medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, permitirá, igualmente, activar las reformas normativas para paliar los efectos económicos sobre las empresas derivados del Coronavirus COVID-19,lo que supondrá que la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal quedará derogada casi en su totalidad.

Régimen transitorio

Respecto a la entrada en vigor fijada para el 1 de septiembre del año 2020, hay dos salvedades recogidas en la disposición transitoria única:

«El contenido de los artículos 57 a 63, 84 a 89, 560 a 566 y 574.1 todos ellos inclusive, de este texto refundido, que corresponda a las modificaciones introducidas en los artículos 27, 34 y 198 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, por la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial, entrarán en vigor cuando se apruebe el reglamento a que se refiere la disposición transitoria segunda de dicha ley.

Entre tanto permanecerán en vigor los artículos 27, 34 y 198 de la Ley Concursal en la redacción anterior a la entrada en vigor de dicha Ley 17/2014, de 30 de septiembre. 2. El contenido de los artículos 91 a 93, ambos inclusive, de este texto refundido, correspondientes a los artículos 34 bis a 34 quáter de la Ley 22/2003, de 9 de julio, introducidos por Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, entrarán en vigor cuando se apruebe el desarrollo reglamentario de la cuenta de garantía arancelaria»

Procedimientos concursales en tramitación

Respecto a los concursos ya declarados, la disposición adicional segunda del TRLC estipula que “Las referencias normativas contenidas en otras disposiciones a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, se entenderán realizadas a los preceptos correspondientes del texto refundido que se aprueba”; y, como hemos citado anteriormente, en lo que respecta al régimen transitorio, la disposición transitoria única TRLC señala que el contenido que corresponde con los arts. 27, 34, 198, 34 bis a 34 quáter LC, entrará en vigor cuando se aprueben sus respectivos reglamentos.

Medidas urgentes adoptadas con motivo de la pandemia del COVID-19

En relación a las medidas concursales urgentes adoptadas con motivo de la pandemia del Covid-19 contenidas en el Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril, es importante destacar que no serán derogadas, sino que coexistirán.

El concurso de acreedores (adaptado Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo de 2020)

 

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