Uno de los principales as...ccidente.

Última revisión
26/03/2015

Uno de los principales asuntos que trata es que las víctimas no podrán ser abordadas por los abogados hasta un mes después del accidente.

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Materias: civil, penal, administrativo, procesal

Fecha: 26/03/2015

El Estatuto de la Víctima se aprueba en el Senado

El Estatuto de la Víctima, aprobado en el Senado el 25 de marzo de 2015, tiene como finalidad proteger a los afectados por situaciones tan dispares como los delitos terroristas, malos tratos y fallecimientos en catástrofes.

Esta norma impide que las víctimas sean acosadas por abogados y procuradores en los primeros 30 días después de suceso en que haya un gran número de perjudicados para evitar abusos cuando ofrecen sus servicios.

Según el Ministerio de Justicia, esta norma responde a los siguientes objetivos:

- El proyecto constituye un catálogo general de los derechos procesales y extraprocesales de las víctimas.

- Se considera víctima a toda persona que sufra un perjuicio físico, moral o económico a consecuencia de un delito, y también a sus familiares.

- El objetivo es dar una respuesta jurídica y sobre todo social a través de un trato individualizado a todas las víctimas, que serán evaluadas para atender las circunstancias de su caso.

- Derechos de las víctimas:

  • Podrán recurrir la libertad condicional aunque no estén personadas en el procedimiento si la pena del delito es superior a cinco años de prisión.
  • Se les comunicará cómo acceder a asesoramiento legal y si lo solicitan se les informará sobre todo el proceso penal (fecha de celebración del juicio, notificación de sentencias y sobreseimientos, etc.).
  • Podrán requerir medidas de control para garantizar su seguridad cuando el reo quede en libertad condicional.
  • Se reducirán al máximo las declaraciones, se procurará que sea siempre la misma persona quien hable con la víctima y que esta sea de su mismo sexo.
  • Durante el juicio se evitarán preguntas innecesarias y el contacto visual con el infractor.

- Las víctimas de violencia de género serán informadas de la puesta en libertad de su agresor sin que lo soliciten, salvo que manifiesten expresamente su deseo de no ser notificadas.

- Se protege a los menores y personas con discapacidad necesitadas de especial protección con medidas específicas encaminadas a evitar una victimización secundaria:

  • Se suprimirán las declaraciones que no sean imprescindibles y podrán ser grabadas para reproducirlas en el juicio.
  • Tendrá un representante legal cuando exista conflicto de intereses con los progenitores o representantes legales.
  • Los hijos de la pareja fallecida o desaparecida se considerarán también víctimas.

A la luz de estas premisas, vemos que estamos ante una norma que intenta dotar de derechos a las víctimas y de lograr su protección.

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