Flexibilización de ERTEs, suspensión de cotizaciones o paro sin cotización mínim...ctos del coronavirus
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Última revisión
17/03/2020

Flexibilización de ERTEs, suspensión de cotizaciones o paro sin cotización mínima planteadas como medidas contra los efectos del coronavirus

Tiempo de lectura: 3 min

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Materias: laboral

Fecha: 17/03/2020

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Del Consejo de Ministros de hoy saldrán, con toda probabilidad, una serie de medidas de carácter laboral para paliar los efectos del coronavirus sobre trabajadores y empresas. De entre todas las posibles novedades que se han adelantado en el ámbito laboral, destacan:

1.- Expedientes de regulación de empleo temporales (ERTE)

Agilización de los expedientes de regulación de empleo temporales

  • El plazo máximo para la constitución de la comisión representativa en un ERTE no superará los cinco días desde la comunicación fehaciente de la empresa.
  • El periodo de consultas con los representantes de los trabajadores no debe exceder el plazo máximo de 7 días.
  • El informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (art. 22 Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre), al que debe atribuirse carácter potestativo para la autoridad laboral, se evacuará en el plazo improrrogable de 7 días.

Recordemos que hasta el momento cualquier ERTE necesita la validación de la Autoridad Laboral, previo informe de la Inspección de trabajo sujeto a los requisitos de los arts. 16-24 Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre.

ERTE por fuerza mayor

En relación a las medidas adoptadas por las administraciones por motivo de salud pública (como cierre de centros, restricciones a la movilidad de personas o mercancías, cancelación de actividades, carencia de suministros, o, aislamiento preventivo, entre otros) podrán justificar ERTE por fuerza mayor.

ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción

A los efectos de facilitar la tramitación del ERTE por estos motivos se adapta la definición de las causas existente hasta el momento a la situación de paralización provocada por el coronavirus,correspondiente.

Modificación de la documentación justificativa del ERTE

Deberá ceñirse a acreditar la existencia de la causa y su relación con el coronavirus.

2.- Salarios de las personas trabajadoras aisladas o contagiadas

Otras medida propuesta, en este caso por los agentes sociales, contempla la posibilidad de completar los salarios de las personas trabajadoras aisladas o contagiadas hasta el 100%  (actualmente, salvo mejora de convenio, la Seguridad Social las considera en situación de baja por enfermedad profesional y se les abona el 75% del salario).

3.- Prestación por desempleo

El acceso a la protección por desempleo sin exigir periodo de carencia ha sido una de las propuestas barajadas junto con que los periodos de la prestación por desempleo consumidos durante esta suspensión no computarán para futuras prestaciones por desempleo en caso de extinción contractual posterior como se había fijado para los ERTEs por la Reforma Laboral 2012

Suspensión del pago de cotizaciones sociales por parte de las empresas.

4.- Nuevos permisos retribuidos

una de las principales necesidades que se ha detectado es la de regular y facilitar la atención del cuidado de hijos y mayores. Sobre esto habrá que prestar especial atención 

de primer grado con nuevos permisos retribuidos, y facilitar la realización del teletrabajo en sectores y empresas donde no esté implementado

Regular y facilitar la atención del cuidado de hijos y mayores de primer grado con nuevos permisos retribuidos

5.- Teletrabajo

Facilitar la realización del teletrabajo en sectores y empresas donde no esté implementado.

6.- Reconocimiento y concesión automática de la prestación por cese de actividad

Se ha hablado de la posibilidad de implantar un posible cese de actividad para todas las personas trabajadoras autónomas que por causa de fuerza mayor se viesen obligadas a cerrar sus establecimientos o cesar su actividad temporalmente.

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