Inicio de la atención presencial en oficinas para la declaración de la renta 2016
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Inicio de la atención pre...renta 2016

Última revisión
11/05/2017

Inicio de la atención presencial en oficinas para la declaración de la renta 2016

Tiempo de lectura: 3 min

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Materias: fiscal

Fecha: 11/05/2017

Inicio de la atención presencial en oficinas para la declaración de la renta 2016
Inicio de la atención presencial en oficinas para la declaración de la renta 2016

Iniciada la campaña de la Renta 2016 el pasado 5 de abril, con inicio de la solicitud de cita previa desde el 4 de mayo, desde el día 11 de mayo comienza la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria y de otras entidades colaboradoras.

Para poder confeccionar, modificar, confirmar y presentar el borrador y declaración de la renta, de manera presencial, será necesario solicitar CITA PREVIA, a través de la web de la AEAT o llamando a los números de teléfono habilitados al efecto, en horario de lunes a viernes de 9 a 19 horas.

La atención presencial estará disponible hasta el 30 de junio, día en que finaliza la campaña de la renta 2016.

La AEAT recuerda la documentación que el contribuyente deberá llevar el día que acuda a la oficina:

En todo caso se debe de llevar:

  • DNI original del titular que acude a la cita y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración.
  • Autorización firmada por otros declarantes y su fotocopia del DNI (miembros de la unidad familiar o terceros) para realizar la declaración en su nombre.
  • Número IBAN de cuenta bancaria.
  • Referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler o en otras circunstancias.

Además, los documentos que se indican según el tipo de renta que usted haya percibido:

Rendimientos de trabajo:

  • Certificado emitido por el pagador.
  • Documentación relativa al despido o cese: importe de la indemnización, fecha de acuerdo del despido o cese, de aprobación del expediente de regulación de empleo o de apertura del período de consultas a la autoridad laboral, en caso de despido colectivo.

Rendimientos del capital inmobiliario (alquileres de pisos, locales, plazas de garaje?): relación y justificantes de ingresos (contratos?) y gastos deducibles (facturas?).

Rendimientos del capital mobiliario: certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos, recibos de gastos, etc.

Rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva (módulos): documentos acreditativos de los elementos o parámetros de la actividad utilizados durante el año. Según la actividad, por ejemplo, personal empleado, consumo de energía eléctrica, superficie del local, potencia fiscal del vehículo, ingresos, libros de bienes de inversión, etc.

Ganancias y pérdidas patrimoniales

? Por venta de vivienda habitual:

  • Escrituras de compra y de venta.
  • Fechas de adquisición y transmisión.
  • Importes reales, gastos y tributos de compra y venta.

Las declaraciones de los ejercicios en los que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida.

Datos de préstamos hipotecarios y el capital pendiente de amortizar a fecha de venta.

Transmisiones de inmuebles adquiridos por herencia:

  • Escritura de adqjudicación o aceptación de la herencia.
  • Fechas de adquisición y transmisión.
  • Importes relaes, gastos y tributos de adquisición y venta.

Por ventas de acciones, inmuebles u otros vienes, fondos de inversión, premios, etc.:

  • Escrituras y/o documentación acreditativa.
  • Fechas de adquisición y transmisión.
  • Importes reales, gastos y tributos de compra y venta.
  • Certificados de fondos de inversión.

Por subvenciones percibidas:justificante de las mismas.

Regularización

Por devolución de intereses perdibidos de cláusulas suelo:

  • Certificado de la entidad financiera indicando los ejercicios a los que corresponde el interés excesivo cobrado por cláusulas suelo nulas.
  • Declaraciones de ejercicios no prescritos en los que se practicó deducción por vivienda habitual, o se incluyeron dentro de los gastos deducibles de rendimientos de actividades económicas o capital inmobiliario.

Otros documentos

Por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: saldos pendientes de amortizar del préstamo original.

Con hipoteca: recibos de los seguros.

Por alquiler de vivienda: NIF del arrendador y cantidades pagadas por el alquiler.

Por donativos: los justificantes, etc.?

FUENTE: AGENCIA TRIBUTARIA

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