Modificada la normativa sobre zonas de promoción económica de diversas comunidades autónomas
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Última revisión
27/07/2022

Modificada la normativa sobre zonas de promoción económica de diversas comunidades autónomas

Tiempo de lectura: 4 min

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Materias: fiscal, administrativo

Fecha: 27/07/2022

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El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación de 15 reales decretos mediante los que se delimitan las zonas de promoción económica de 15 comunidades y ciudades autónomas. Se trataría de los Reales Decretos 613 a 627/2022, de 26 de julio, que han sido publicados en el BOE de hoy, 27 de julio de 2022; con entrada en vigor al día siguiente de su publicación.

En general, con estas modificaciones se aumentará la intensidad máxima de las ayudas estatales de finalidad regional, incentivos regionales que se aplican para corregir los desequilibrios territoriales, una mejora que se aplicará para el período 2022-2027, siguiendo la nueva normativa europea. Además, la intensidad máxima se ampliará aún más para el caso de medianas y pequeñas empresas, de forma que estas intensidades se podrán incrementar hasta en 20 puntos para las pequeñas empresas. 

Las comunidades autónomas beneficiarias de los incentivos regionales y cuya normativa se modifica, son las siguientes:

  • Andalucía.
  • Aragón.
  • Asturias.
  • Baleares.
  • Canarias.
  • Cantabria.
  • Castilla-La Mancha.
  • Castilla y León.
  • Extremadura.
  • Galicia.
  • Región de Murcia.
  • La Rioja.
  • Comunidad Valenciana
  • Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Las nuevas directrices y el mapa de ayudas regionales

El 1 de enero de 2022 entraron en vigor las nuevas directrices de la Unión Europea sobre las ayudas estatales de finalidad regional, en sustitución de las anteriores, correspondientes al período 2014-2020, prorrogadas hasta el 31 de diciembre de 2021 a causa de la COVID-19.

Por su parte, el 17 de marzo de este año, la Comisión Europea aprobó el nuevo Mapa de Ayudas Regionales de España para el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2027, por lo que resultaba necesario adaptar a este nuevo marco los reales decretos por los que se delimitan las zonas de promoción económica.

Dicho mapa delimita los territorios que requieren de ayudas e incentivos. Es el instrumento para notificar a la Comisión las zonas que cada Estado designa como beneficiadas, denominadas zonas «a)» y «c)». Las zonas «a)» incluyen las comunidades con menor nivel de vida, situación grave de subempleo y territorios ultraperiféricos (Andalucía, Extremadura, Melilla, Ceuta, Castilla-La Mancha y Canarias); mientras que las «c)» se diseñan para desarrollar ciertas actividades o regiones económicas.

Así, el mapa de ayudas regionales identifica las zonas en las que las ayudas a la inversión empresarial pueden ser compatibles con el mercado interior por estar destinadas al desarrollo económico de las zonas menos favorecidas de la Unión Europea. También determina las intensidades máximas de las ayudas compatibles expresadas como un porcentaje máximo sobre la inversión subvencionable de los proyectos de inversión.

Las modificaciones

Se modifican parcial y puntualmente una serie de artículos de cada real decreto correspondientes a cada territorio. 

Con ello, se amplía el ámbito geográfico de las zonas de promoción económica de la Comunidad Valenciana, La Rioja y Baleares, que abarcará todo su territorio, al igual que en el resto de zonas elegibles. Asimismo, en cuanto al techo máximo de las ayudas, se incrementan las intensidades máximas de ayuda en las respectivas zonas de promoción económica, salvo en la Región de Murcia, al dejar de tener la consideración de zona más desfavorecida.

Algunas notas a destacar

Entre otras, y como notas a destacar, cabría señalar las siguientes:

  • Se incluyen bonificaciones de la intensidad de ayuda para las regiones ultraperiféricas (Canarias), las zonas fronterizas a otras con alta intensidad de ayuda (la provincia de Salamanca), las zonas poco pobladas (provincias de Teruel y Soria) y las zonas con pérdida de población (provincia de Zamora). 
  • Se mantienen unas intensidades máximas de ayuda más elevadas para las pymes con el objetivo de reducir las dificultades específicas a las que se enfrentan estas empresas. En concreto, las intensidades máximas se podrán incrementar en 10 puntos para medianas empresas y en 20 puntos para pequeñas empresas.
  • Se amplía el plazo de vigencia de las zonas de promoción económica, que finalizará el 31 de diciembre de 2027.
  • La modificación del real decreto en la zona de promoción económica de Canarias permite que excepcionalmente puedan concederse incentivos regionales a proyectos de sectores contemplados en la normativa relativa al Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Además, en el caso de Canarias se fija un volumen mínimo de inversión inferior al establecido para el resto del país. De esta forma, en las islas de Tenerife y Gran Canaria la inversión mínima es de 300.000 euros y en el resto de islas de 100.000 euros.
  • En las zonas de promoción económica de Andalucía y Castilla-La Mancha se ha incluido una referencia expresa a la industria agroalimentaria.

 

Fuente: Consejo de Ministros.

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