Multas de 15 euros a lo vehículos que circulen por Madrid sin la pegatina ambiental
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Última revisión
25/04/2019

Multas de 15 euros a lo vehículos que circulen por Madrid sin la pegatina ambiental

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Fecha: 25/04/2019

Tráfico
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Desde el miércoles 24 de abril de 2019 los vehículos a motor que circulen por Madrid deberán llevar el distintivo ambiental para no ser multados. Ese mismo día ha entrado esta medida incluida en la Ordenanza de Movilidad Sostenible publicada por el Ayuntamiento de Madrid, aprobada hace 6 meses.

Esta medida es obligatoria para aquellos vehículos que circulen por Madrid, sean o no residentes.

¿Qué vehículos tendrán que llevar el distintivo ambiental?

Todos los coches, salvo los de gasolina matriculados antes del año 2000 y los diésel anteriores a 2006, y motos matriculadas anteriores al 2000.

¿Nos pueden multar?

Sí. En caso de no llevar la pegatina correspondiente y en un sitio visible, podremos ser multados con una sanción de 15 euros. Así lo confirmaban desde del Ayuntamiento de Madrid, tratándose de una infracción leve.

¿Cuáles son los distintivos ambientales?

distintivos ambientales

? Categorías:

 Distintivo "0 emisiones"

  • Vehículos clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

 Distintivo ?ECO?

  • Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía
  • Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos como híbridos enchufables con autonomía

 Distintivo ?C?

  • Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 4/IV, 5/V o 6/VI o diésel EURO 6/VI.
  • Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos con nivel de emisiones del vehículo sea EURO 6/VI, indistintamente del tipo de combustible.

 Distintivo ?B?

  • Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 3/III o Diésel EURO 4/IV o 5/V.
  • Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos con nivel de emisiones del vehículo sea Euro IV/4 o V/5, indistintamente del tipo de combustible.

Vehículos A 

Todo vehículo a motor que por su clasificación en el Registro de Vehículos no cumple las condiciones o requisitos para la obtención de la clasificación 0 emisiones, ECO, C o B.

¿Dónde se pueden adquirir estos distintivos?

En las oficinas de correos podrán adquirirse a un precio de 5 euros. El conductor deberá presentar el permiso original de circulación del vehículo, y el DNI, NIE o pasaporte.

También se podrán adquirir en algunos talleres.

¿A qué zonas de Madrid afecta?

Tanto el término municipal de Madrid y M-30.

 

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