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Se publica el Real Decreto 726/2017, de 21 de julio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2017-2018
En el BOE de 22-07-17 se ha procedido a publicar el Real Decreto 726/2017, de 21 de julio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2017-2018, y se modifica el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
Así, para el próximo curso académico 2017-2018 se señala que se realizarán las siguientes convocatorias de becas y ayudas al estudio:
1. Convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general, dirigidas a las siguientes enseñanzas:
a) Bachillerato.
b) Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior.
c) Enseñanzas Artísticas Profesionales.
d) Enseñanzas Deportivas.
e) Enseñanzas Artísticas superiores.
f) Estudios religiosos superiores.
g) Estudios militares superiores y de Grado.
h) Enseñanzas de idiomas realizados en Escuelas Oficiales de titularidad de las Administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.
i) Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio y de Grado Superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de Formación Profesional.
j) Formación Profesional Básica.
k) Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster.
l) Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
m) Curso de preparación para el acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por Universidades públicas.
n) Créditos complementarios o complementos de formación necesarios para el acceso u obtención del Máster y del Grado.
2. Convocatoria de ayudas al estudio para estudiantes con necesidad específica de apoyo educativo.
Por lo que respecta a los umbrales de renta establecidos para la concesión de estas ayudas, el Real Decreto fija los siguientes:
Umbral 1
Número de miembros de la familia | Intervalo (euros) |
Familias de un miembro | Entre 3.771 y 3.962 |
Familias de dos miembros | Entre 7.278 y 7.646 |
Familias de tres miembros | Entre 10.606 y 11.143. |
Familias de cuatro miembros | Entre 13.909 y 14.613. |
Familias de cinco miembros | Entre 17.206 y 18.076 |
Familias de seis miembros | Entre 20.430 y 21.463. |
Familias de siete miembros | Entre 23.580 y 24.773. |
Familias de ocho miembros | Entre 26.660 y 28.009 |
A partir del octavo miembro se añadirán entre 3.079 y 3.235 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.
Umbral 2
Número de miembros de la familia | Umbral (euros) |
Familias de un miembro | 13.236 |
Familias de dos miembros | 22.594 |
Familias de tres miembros | 30.668 |
Familias de cuatro miembros | 36.421 |
Familias de cinco miembros | 40.708 |
Familias de seis miembros | 43.945 |
Familias de siete miembros | 47.146 |
Familias de ocho miembros | 50.333 |
A partir del octavo miembro se añadirán 3.181 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.
Umbral 3
Número de miembros de la familia | Umbral (euros) |
Familias de un miembro | Entre 14.112 y 14.826 |
Familias de dos miembros | Entre 24.089 y 25.308 |
Familias de tres miembros | Entre 32.697 y 34.352. |
Familias de cuatro miembros | Entre 38.831 y 40.796. |
Familias de cinco miembros | Entre 43.402 y 45.598. |
Familias de seis miembros | Entre 46.853 y 49.224. |
Familias de siete miembros | Entre 50.267 y 52.810. |
Familias de ocho miembros | Entre 53.665 y 56.380. |
A partir del octavo miembro se añadirán entre 3.391 y 3.562 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.
Por su parte, este es el umbral de renta aplicable para la concesión de los componentes de las ayudas al estudio para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
Número de miembros de la familia | Umbral (euros) |
Familias de un miembro | 11.937 |
Familias de dos miembros | 19.444 |
Familias de tres miembros | 25.534 |
Familias de cuatro miembros | 30.287 |
Familias de cinco miembros | 34.370 |
Familias de seis miembros | 38.313 |
Familias de siete miembros | 42.041 |
Familias de ocho miembros | 45.744 |
A partir del octavo miembro se añadirán 3.672 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.
Finalmente, el artículo 11 de la norma dispone que, independientemente de cual sea la renta familiar se denegarán las becas o ayudas al estudio solicitadas para el curso 2017-2018 cuando se superen los umbrales indicativos de patrimonio familiar que el mismo fija.