Última revisión
Posibilidad de realizar contratos para la realización de proyectos específicos de investigación sin aplicación de las normas sobre encadenamiento de contratos.
Entre otras medidas como la prórroga del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo (Plan Prepara) o la reactivación de la reducción de cotizaciones en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, el Real Decreto-ley 14/2017, de 6 de octubre, modifica la DA13ª, Ley 14/2011, de 1 de junio, aclarando (que no ampliando) la aplicación de la misma para que ?no quepa error en perjuicio del trabajador o del organismo o entidad contratante?.
De este modo, los contratos por obra o servicio determinados vinculados a un proyecto específico de investigación científica y técnica que se celebren desde el 8 de octubre de 2017 (fecha de entrada en vigor del RDL) como a los vigentes en esa fecha (disp. trans. única), no les será de aplicación lo dispuesto en apdo. 1.a), art. 15, ET en materia de duración máxima del contrato por obra o servicio, ni lo dispuesto para el encadenamiento de contratos en los párrafos primero y segundo del apdo. 5, art. 15, ET.
Este parece ser fin de la polémica surgida por el cambió de forma retroactiva de los
N-27606