El proyecto de Presupuestos del Estado incluyen un bono de 430 euros para jóvene...tratos de formación.
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El proyecto de Presupuest...formación.

Última revisión
05/04/2018

El proyecto de Presupuestos del Estado incluyen un bono de 430 euros para jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil con contratos de formación.

Tiempo de lectura: 2 min

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Materias: laboral

Fecha: 05/04/2018

jovenes andando
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La D.A. 109ª. del proyecto de Ley de las cuentas públicas para 2018, establece, bajo la rúbrica «Ayuda económica de acompañamiento a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que suscriban un contrato para la formación y el aprendizaje», un bono de 430 euros mensuales para aquellos jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que firmen un contratos para la formación y el aprendizaje.

Salvo cambios de última hora, a percepción de la ayuda económica se mantendría durante la vigencia del contrato para la formación y aprendizaje y tendrá una duración máxima de 18 meses -En el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por cien, la ayuda podrá tener una duración máxima de 36 meses en función del plan formativo individualizado que se haya adaptado a las necesidades de la persona-.

La ayuda económica de acompañamiento se añadirá a los incentivos a la contratación a los que diera lugar el contrato para la formación y el aprendizaje celebrado, pero será incompatible con el cobro de prestaciones por desempleo.

Beneficiarios.

Según la regulación existente en el Proyecto de los PGE 2018, se considerarán posibles beneficiarios los jóvenes que reúnan los siguientes requisitos a la fecha de solicitud:

a) Ser beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el momento de suscribir el contrato para la formación y el aprendizaje.

b) No estar en posesión de ninguno de los siguientes títulos, en el momento de suscribir el contrato para la formación y el aprendizaje:

  1. Título de Bachiller,
  2. Título de Técnico de grado medio,
  3. Título oficial de nivel superior al Bachiller o
  4. Títulos oficialmente reconocidos como equivalentes a las titulaciones anteriormente citadas de acuerdo a las leyes reguladoras del sistema educativo vigente.
  5. Certificado de Profesionalidad de nivel 2 ó 3.

c) Comprometerse a iniciar y realizar una actividad formativa y, a tal efecto, comenzar una prestación de servicios mediante un contrato para la formación y el aprendizaje que tendrá una duración mínima de un año.

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