Publicadas las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del...al del Mar para 2023
Noticias
Publicadas las bases de c... para 2023

Última revisión
17/01/2023

Publicadas las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar para 2023

Tiempo de lectura: 4 min

Tiempo de lectura: 4 min

Relacionados:

Materias: laboral

Fecha: 17/01/2023

Buques portacontenedores y grúas en puerto
Buques portacontenedores y grúas en puerto

 

El art. 122, apartado Ocho.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, establece que la cotización para todas las contingencias y situaciones protegidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero se efectuará sobre las remuneraciones que se determinen mediante orden del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, a propuesta del Instituto Social de la Marina, oídas las organizaciones representativas del sector. Tal determinación se efectuará por provincias, modalidades de pesca y categorías profesionales, sobre la base de los valores medios de remuneración percibida en el año precedente.

La Orden ISM/109/2020, de 10 de febrero, responde a la necesidad de determinar las bases anuales de cotización de los trabajadores del mar incluidos en los grupos segundo y tercero de cotización. 

Ingreso de diferencias de cotización

Las diferencias de cotización que se hubieran podido producir por la aplicación de las bases de cotización establecidas en esta orden respecto de las cotizaciones que a partir de 1 de enero de 2023 se hubieran efectuado, podrán ser ingresadas, sin recargo, en el plazo que finaliza el último día del segundo mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Entrada en vigor

La nueva orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con efectos desde el día 1 de enero de 2023.

Bases únicas de cotización de los trabajadores incluidos en los grupos segundo y tercero

Las bases únicas de cotización de los trabajadores incluidos en los grupos segundo y tercero, a que se refiere el art. 10 de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero, así como el art. 54.2 y 3 del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, para todas las contingencias y situaciones protegidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, quedan establecidas para el año 2023 en las cuantías que se reflejan en los anexos de esta orden, sin perjuicio de lo establecido en el art. 11 de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, en relación con los coeficientes correctores.

Bases grupo segundo A (embarcaciones entre 50,01 y 150 T.R.B.)

Año 2023

Zona Norte

 Modalidad de pescaModalidad PescaCategorías profesionales encuadradas dentro de los grupos de cotización 
1 a 789 a 11

A Coruña.

Lugo.

Vigo.

Vilagarcía.

Asturias.

Arrastre, palangre de fondo y volantas en caladeros internacionales (excepto África).172.838,002.034,001.866,00
Arrastre en caladero nacional y costa de Portugal. Palangre de fondo y volantas en costa de África. Palangre de superficie.072.625,001.761,001.641,00
Palangre de fondo, cerco y otras artes en caladeros nacionales.582.055,001.653,001.560,00
Cantabria.Arrastre.112.838,002.034,001.854,00
Palangre.562.055,001.653,001.632,00
Cerco.411.881,001.593,001.593,00
Gipuzkoa.Cerco y palangre.432.160,001.788,001.788,00
Arrastre.113.252,002.151,001.872,00
Otras artes.332.991,002.013,001.863,00
Bizkaia.Artes fijas.312.991,001.989,001.863,00
Arrastre.113.252,002.151,001.872,00
Anzuelo y cerco.062.130,001.773,001.773,00

 

 Modalidad de pescaModalidad PescaCategorías profesionales encuadradas dentro de los grupos de cotización
1 a 789 a 11

Alicante.

Castellón.

Valencia.

Illes Balears.

Barcelona.

Girona.

Tarragona.

Murcia.

992.070,001.719,001.719,00

Zona Sur

 Modalidad de pescaModalidad PescaCategorías profesionales encuadradas dentro de los grupos de cotización
1 a 789 a 11
Almería.991.908,001.647,001.647,00
Cádiz.991.890,001.536,001.536,00
Huelva.Arrastre en aguas internacionales.182.742,001.884,001.701,00
Arrastre, cerco y palangre.232.241,001.632,001.569,00

Málaga.

Granada.

Melilla.

Ceuta.

991.767,001.632,001.632,00

Las Palmas.

Tenerife.

992.742,001.884,001.701,00

Bases grupo segundo B (embarcaciones entre 10,01 y 50 T.R.B.)

Año 2023

Zona Norte

 Modalidad de pescaModalidad PescaCategorías profesionales encuadradas dentro de los grupos de cotización
1 a 789 a 11

A Coruña.

Lugo.

Vigo.

Vilagarcía.

Asturias.

Palangre de fondo y volantas en costa de África.572.625,001.761,001.641,00
Palangre, cerco y otras artes menores.551.902,001.512,001.512,00
Cantabria.Arrastre y palangre.261.902,001.512,001.512,00
Cerco.411.878,001.512,001.512,00
Gipuzkoa.Cerco, palangre, anzuelo y artes fijas.082.130,001.773,001.773,00
Arrastre.113.144,002.076,001.806,00
Bizkaia.992.130,001.773,001.773,00

Zona Este

 Modalidad de pescaModalidad PescaCategorías profesionales encuadradas dentro de los grupos de cotización
1 a 789 a 11

Alicante.

Castellón.

Valencia.

Illes Balears.

Barcelona.

Girona.

Tarragona.

Murcia.

992.070,001.719,001.719,00

Zona Sur

 Modalidad de pescaModalidad PescaCategorías profesionales encuadradas dentro de los grupos de cotización
1 a 789 a 11
Almería.

991.767,001.650,001.650,00
Cádiz.991.767,001.422,001.422,00
Huelva.991.767,001.422,001.422,00
Artes menores.531.704,001.422,001.422,00

Málaga.

Granada.

Ceuta.

991.767,001.422,001.422,00

Las Palmas.

Tenerife.

991.767,001.422,001.422,00
Palangre en aguas internacionales.602.439,001.674,001.500,00

Bases grupo tercero

Año 2023

Zona Norte

 Categorías profesionales encuadradas dentro de los grupos de cotización
3 y 48 a 11

A Coruña.

Lugo.

Vigo.

Vilagarcía.

Asturias.

Cantabria.

1.602,001.464,00

Gipuzkoa.

Bizkaia.

1.668,001.527,00
1.344,00?*
*?Grupo 10 de cotización (en Bizkaia): Neskatillas, Empacadoras, Mariscadores/as.

Zona Este

 Categorías profesionales encuadradas dentro de los grupos de cotización
3 y 48 a 11

Alicante.

Castellón.

Valencia.

Illes Balears.

Barcelona.

Girona.

Tarragona.

Murcia.

1.785,001.524,00

Zona Sur

 Categorías profesionales encuadradas dentro de los grupos de cotización
3 y 48 a 11
Almería.1.650,001.500,00

Cádiz.

Huelva.

Málaga.

Granada.

Sevilla.

Melilla.

Ceuta.

Las Palmas.

Tenerife.

1.578,001.413,00
 

 

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Regímenes y sistemas especiales de la Seguridad Social. Paso a paso
Disponible

Regímenes y sistemas especiales de la Seguridad Social. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

14.50€

13.78€

+ Información

Los galaicos: ¿castreños o celtas?
Disponible

Los galaicos: ¿castreños o celtas?

Fernando Gil González

8.45€

8.03€

+ Información

Regulación del Régimen especial de trabajadores del mar
Disponible

Regulación del Régimen especial de trabajadores del mar

6.83€

6.49€

+ Información

Relación Laboral Especial de Estibadores Portuarios
Disponible

Relación Laboral Especial de Estibadores Portuarios

6.83€

6.49€

+ Información

Regulación del Régimen especial profesionales taurinos
Disponible

Regulación del Régimen especial profesionales taurinos

6.83€

6.49€

+ Información