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La calificación de una ocupación como de difícil cobertura implica la posibilidad de tramitar la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena dirigida al extranjero. La publicación del 9 de noviembre de 2015, incorpora profesiones relacionadas con el mar y el deporte profesional.
El catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, siguiendo el Resolución de 29 de septiembre de 2015, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se publica el Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para el cuarto trimestre de 2015, determina que a los efectos de determinar la situación nacional de empleo, el Servicio Público de Empleo Estatal elaborará, con periodicidad trimestral, de acuerdo con la información suministrada por los Servicios Públicos de Empleo Autonómicos y previa consulta de la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, un Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura para cada provincia o demarcación territorial que, en su caso, establezca la correspondiente Administración Autonómica, así como para Ceuta y Melilla. En las provincias insulares, el Catálogo podrá establecerse para cada isla o agrupación de ellas.
Para el cuarto trimestre de 2015, se ha decido incluir en el catálogo ocupaciones difícil cobertura. mediante la Resolución de 29 de septiembre de 2015, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se publica el Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para el cuarto trimestre de 2015:
3721.104.4 | Deportistas profesionales. | Ocupaciones aprobadas por Acuerdo con la Secretaría de Estado para el Deporte, que aparecen en todas las provincias e islas |
3722.102.9 | Entrenadores deportivos. | |
3151.101.4 | Frigoristas navales. | Ocupaciones aprobadas, a propuesta de la Administración General del Estado, en el sector de la Marina Mercante, que aparecen en todas las provincias costeras más Lleida y Madrid |
3151.102.5 | Jefes de máquinas de buque mercante. | |
3151.103.6 | Maquinistas navales. | |
3151.104.7 | Mecánicos de litoral. | |
3151.105.8 | Mecánicos navales. | |
3152.104.4 | Pilotos de buques mercantes. | |
3152.106.6 | Sobrecargos de buques. | |
3833.101.5 | Oficiales radioelectrónicos de la marina mercante. | |
5110.101.5 | Cocineros de barco. | |
5821.101.8 | Auxiliares de buques de pasaje. | |
5821.103.6 | Camareros de barco. | |
5821.104.5 | Mayordomos de buque. | |
8192.101.0 | Caldereteros (maestranzas). | |
8192.102.1 | Engrasadores de máquinas de barcos. | |
8340.101.5 | Bomberos de buques especializados. | |
8340.102.6 | Contramaestres de cubierta (excepto pesca). | |
8340.103.7 | Marineros de cubierta (excepto pesca). | |
8340.104.8 | Mozos de cubierta. |