Publicado un Real Decreto sobre embarcaciones de recreo y medidas de seguridad en motos náuticas.
Noticias
Publicado un Real Decreto... náuticas.

Última revisión
02/05/2019

Publicado un Real Decreto sobre embarcaciones de recreo y medidas de seguridad en motos náuticas.

Tiempo de lectura: 4 min

Tiempo de lectura: 4 min

Relacionados:

Materias: mercantil

Fecha: 02/05/2019

embarcación de recreo
embarcación de recreo

 

Con entrada en vigor el 1 de julio de 2019, el Boletín Oficial del Estado publica el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas.

Esta norma introduce modificaciones en las siguientes:

  • Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas.
  • Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
  • Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

La reforma principal de este Real Decreto está relacionada con una reclamación largamente expuesta por parte de los titulados náuticos de recreo en el sentido de que su esfera de actividad pueda extenderse al ejercicio de actuaciones de prestación de servicios que resulten acordes con la titulación de recreo que posean.

Según el preámbulo de esta norma, ?dar satisfacción a esta demanda constituye, además, un instrumento de fomento de la práctica de la navegación de recreo, siempre que ello se efectúe con sujeción a lo dispuesto en la legislación marítima y en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Y esta es la situación que se pretende regular con la aprobación de este real decreto, que en lo que a esta habilitación de las titulaciones náuticas se refiere se lleva a cabo mediante la adición de un nuevo capítulo al Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, integrado por tres artículos que se dedican a precisar el contenido de las habilitaciones, sus requisitos y su otorgamiento por la Dirección General de la Marina Mercante?.

Asimismo, esta reforma principal va acompañada de otras que refuerzan determinados aspectos que inciden de manera directa en la calidad de la formación de los títulos de recreo, como es el aseguramiento de la necesidad de realizar prácticas reglamentarias de navegación o la obligatoriedad de los cursos de radiocomunicaciones.

Y, finalmente, se llevan a cabo otras modificaciones del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, con fines que van, por una parte, de la necesidad de tener en cuenta los avances en la Administración electrónica que permiten reducir cargas sobre los poseedores de las titulaciones náuticas y, por otra parte, a la corrección de determinadas erratas o cuestiones que en la práctica han dificultado la normal aplicación de esta norma.

De otra parte, el tiempo transcurrido desde la aprobación y publicación del Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas, aconseja proceder a la reforma de este, dadas las modificaciones legislativas que se han producido y los avances que han experimentado tales artefactos, así como en lo que se refiere a las modalidades de utilización de las mismas. Este planteamiento se corresponde también con una petición, reiteradamente expuesta, de las federaciones de motonáutica y de los profesionales y titulados del sector.

No puede abordarse una reforma del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, orientada a la prestación profesional de ciertos servicios profesionales por los patrones de dichas embarcaciones sin abordar igualmente la reforma de las condiciones de obtención del certificado de especialidad de patrón de embarcaciones de recreo, regulado en la disposición adicional quinta del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.

Transcurridos ocho años desde la creación de este certificado, y tras afianzarse este cada vez más, se pone de manifiesto la necesidad de racionalizar tanto los requisitos de obtención del mismo, estableciendo la superación de determinados cursos de especialidad más acorde con el trabajo realizado por dichos patrones que la exigida actualmente, así como una ampliación de sus atribuciones profesionales.

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Código penal
Novedad

Código penal

Editorial Colex, S.L.

8.50€

8.07€

+ Información

Fundamentos del derecho penal y consecuencias jurídicas del delito
Disponible

Fundamentos del derecho penal y consecuencias jurídicas del delito

Miguel Bustos Rubio

21.25€

20.19€

+ Información

Vademecum Acceso a la abogacía. Volumen III. Parte específica penal
Disponible

Vademecum Acceso a la abogacía. Volumen III. Parte específica penal

V.V.A.A

18.70€

17.77€

+ Información

Las consecuencias jurídicas del delito
Disponible

Las consecuencias jurídicas del delito

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

Regulación del Régimen especial de trabajadores del mar
Disponible

Regulación del Régimen especial de trabajadores del mar

6.83€

6.49€

+ Información