AEDES plantea reconocer plena libertad para otorgar testamento y ampliar las cau... herederos forzosos.
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Última revisión
03/01/1

AEDES plantea reconocer plena libertad para otorgar testamento y ampliar las causas para poder desheredar a los herederos forzosos.

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Fecha: 28/03/2014

Reclaman a Gallardón ampliar las causas para desheredar a hijos o padres cuando no haya afecto ni comunicación
Reclaman a Gallardón ampliar las causas para desheredar a hijos o padres cuando no haya afecto ni comunicación

 

 

La Asociación Pro Derechos Civiles Económicos y Sociales (AEDES) ha pedido por carta al Ministerio de Justicia y al Congreso de los Diputados que reforme la ley para conceder "plena libertad" a la hora de hacer un testamento y poder desheredar a hijos o padres cuando se haya perdido el afecto y la comunicación entre ambos.

La asociación ha solicitado en las misivas remitidas al departamento que dirige el ministro Alberto Ruiz-Gallardón y a la Comisión de Justicia del Congreso que suprima o reduzca las 'legítimas', es decir, aquella parte de la que no se puede disponer libremente porque está reservada por ley a los herederos forzosos.

AEDES ha propuesto recoger en la normativa los casos de "pérdida de afecto y comunicación, sin expresión de culpabilidades" para poder desheredar a familiares puesto que la normativa actual es excesivamente restrictiva para ello.

Ha citado el ejemplo de personas divorciadas que han perdido la relación con su anterior familia, han rehecho sus vidas y tienen hijos fruto de una segunda relación que es la única que realmente mantienen. "¿Por qué no pueden dejar los bienes de su trabajo y esfuerzo a la familia con la que comparten la mayor parte de su vida y siguen recibiendo afecto y cuidados?", se ha preguntado.

Para la asociación, es igualmente "injusto e inmoral" que el hijo fallecido prematuramente tenga que destinar sus bienes por imperativo legal al progenitor con el que ha perdido el apego y la comunicación, en perjuicio de otras personas con las que mantenía una mayor relación afectiva.

"Sólo en el caso de que existan hijos menores o incapacitados debe restringirse la libertad de testar, ya que en estos supuestos debe prevalecer por encima de la libertad, la concurrencia de otros bienes jurídicos dignos de mayor protección", ha precisado en un comunicado.

 

Para ADECES, la finalidad de la 'legítima' también ha perdido su vigencia puesto que fue introducida en un momento en el que todos los miembros de la familia contribuían al patrimonio familiar y los hijos debían conservar los bienes creados con el esfuerzo conjunto.

Sin embargo, ha explicado que hoy en día los hijos no contribuyen con sus ingresos, salvo excepciones, al patrimonio familiar y heredan a una edad en la que ya no los necesitan para su propio sustento al haber aumentado la media de vida. "El sistema de legítimas, lejos de evitar pleitos los aumenta, junto a la complejidad y onerosidad de los mismos", ha agregado.

"Llama la atención que el testador pueda malvender o despilfarrar bienes inter vivos y no pueda destinarlos mortis causa a la persona más idónea, porque la ley lo prohíbe", ha concluido. 

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