Revisión y modificación de los tipos de interés efectivos anuales de los Planes de Vivienda
Noticias
Revisión y modificación d... Vivienda

Última revisión
23/04/2020

Revisión y modificación de los tipos de interés efectivos anuales de los Planes de Vivienda

Tiempo de lectura: 4 min

Tiempo de lectura: 4 min

Relacionados:

Materias: civil

Fecha: 23/04/2020

Dinero y vivienda
Dinero y vivienda

 

El Consejo de Ministros del pasado 31 de marzo de 2020, acordó la revisión y modificación de los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los préstamos cualificados o convenidos concedidos en el marco del Programa 1996 del Plan de Vivienda 1996-1999, Plan de Vivienda 1998-2001, Plan de Vivienda 2002-2005 y Plan de Vivienda 2005-2008.

El BOE del 23 de abril publica la Resolución de 7 de abril de 2020, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de marzo de 2020, por el que se revisan y modifican los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los préstamos cualificados o convenidos concedidos en el marco del Programa 1996 del Plan de Vivienda 1996-1999, Plan de Vivienda 1998-2001, Plan de Vivienda 2002-2005 y Plan de Vivienda 2005-2008.

Se acuerda lo siguiente según el Plan de Vivienda de cada unos de esos años, con la previsión de que las entidades de crédito que concedieron los préstamos, aplicarán el nuevo tipo de interés establecido sin coste para los prestatarios.

Programa 1996 del Plan de Vivienda 1996-1999

Permanencia del tipo de interés efectivo anual, revisado, aplicable a los préstamos cualificados concedidos en el marco del Programa 1996 del Plan de Vivienda 1996-1999.

El tipo de interés efectivo anual aplicable a los préstamos cualificados concedidos por las entidades de crédito para financiar actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo, en el marco de los convenios suscritos para el Programa 1996 del Plan de Vivienda 1996-1999, entre las entidades de crédito, y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, continuará siendo del 2,50 por ciento anual.

Plan de Vivienda 1998-2001

Permanencia del tipo de interés efectivo anual, revisado, aplicable a los préstamos cualificados concedidos en el marco del Plan de Vivienda 1998-2001.

El tipo de interés efectivo anual aplicable a los préstamos cualificados concedidos por las entidades de crédito para financiar actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo, en el marco de los convenios suscritos para el Plan de Vivienda 1998-2001, entre las entidades de crédito, y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, continuará siendo del 1,91 por ciento anual.

Plan de Vivienda 2002-2005

Nuevo tipo de interés efectivo anual, revisado y modificado, aplicable a los préstamos cualificados concedidos para la financiación del Plan de Vivienda 2002-2005.

1. El nuevo tipo de interés efectivo anual aplicable a los préstamos cualificados concedidos por las entidades de crédito, para financiar actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo, en el marco de los convenios suscritos para el Plan de Vivienda 2002-2005, entre las entidades de crédito y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana será del 1,67 por ciento anual.

2. Este tipo de interés revisado y modificado, será de aplicación, asimismo, a todos los préstamos cualificados concedidos por las entidades de crédito en el ámbito de los convenios para la financiación de actuaciones protegidas del Plan de Vivienda 2002-2005, a partir del primer vencimiento que se origine, una vez transcurrido un mes desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Plan de Vivienda 2005-2008

Nuevo tipo de interés efectivo anual, revisado y modificado, aplicable a los préstamos convenidos concedidos para la financiación del Plan de Vivienda 2005-2008.

1. El nuevo tipo de interés efectivo anual aplicable a los préstamos convenidos concedidos por las entidades de crédito, para financiar actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo, en el marco de los convenios suscritos para el Plan de Vivienda 2005-2008, entre las entidades de crédito y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, será del 1,66 por ciento anual.

2. Este tipo de interés será de aplicación a todos los préstamos convenidos ya concedidos por las entidades de crédito colaboradoras, correspondientes al citado Plan 2005-2008, salvo a los que se refiere el apartado 1.b) de la disposición transitoria primera del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, que se regirán por lo dispuesto en la Orden FOM/268/2002, de 11 de febrero, y en los Acuerdos del Consejo de Ministros que revisen el tipo de interés de los préstamos convenidos del Plan de Vivienda 2002-2005. El nuevo tipo de interés será de aplicación desde el primer vencimiento que se produzca, transcurrido un mes de la publicación de este Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Ley Concursal y legislación complementaria
Novedad

Ley Concursal y legislación complementaria

Editorial Colex, S.L.

9.35€

8.88€

+ Información

Tarjetas revolving. Paso a paso
Disponible

Tarjetas revolving. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

13.60€

12.92€

+ Información

Sistema jurídico e instituciones de Andalucía
Disponible

Sistema jurídico e instituciones de Andalucía

V.V.A.A

51.00€

48.45€

+ Información

Obligaciones de las entidades de crédito en los préstamos hipotecarios
Disponible

Obligaciones de las entidades de crédito en los préstamos hipotecarios

Jesús Martín Fuster

19.50€

18.52€

+ Información

Cláusula IRPH
Disponible

Cláusula IRPH

V.V.A.A

8.45€

8.03€

+ Información