Se convoca la prueba de evaluación para el ejercicio de la abogacía 2023
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Se convoca la prueba de evaluación para el ejercicio de la abogacía 2023

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Materias: civil, penal, laboral, mercantil, administrativo

Fecha: 22/03/2023

Publicada en el BOE la Orden por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la abogacía para el año 2023.

Se convoca la prueba de evaluación para el ejercicio de la abogacía 2023
Se convoca la prueba de evaluación para el ejercicio de la abogacía 2023

 

El Boletín Oficial del Estado recoge la Orden PCM/270/2023, de 21 de marzo, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la abogacía para el año 2023. Las pruebas de evaluación — al igual que en los años 2020,2021 y 2022— se realizarán nuevamente on line de manera simultánea. Así mismo la prueba se regirá por las siguientes disposiciones:

  • Para poder concurrir a la prueba los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:
  • Estar en posesión del título de Licenciado/a en Derecho, Grado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio o, en su caso, de las certificaciones sustitutorias.
  • Haber superado los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la profesión de la Abogacía, y el período de prácticas externas tuteladas, acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Universidades. Este requisito deberá cumplirse en la fecha en que se realice la prueba.
  • Ser mayor de edad y no estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión de la Abogacía. Las personas aspirantes deberán cumplir este requisito a la fecha en la que se realice la prueba.
  • Las solicitudes de inscripción y la documentación deberán presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia (https://sede.mjusticia.gob.es). El plazo será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación (plazo presentación hasta el 13 de abril).
  • La participación en la prueba será gratuita.
  • Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de inscripción se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos. Se concederá un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional en el citado portal web del Ministerio de Justicia, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión. Las personas aspirantes deberán realizar la subsanación de forma telemática.
  • La prueba de aptitud podrá realizarse, a libre elección del aspirante, en castellano o en la lengua cooficial autonómica.
  • La evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples, cuyo contenido se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de publicación de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor, y tendrá una duración de tres horas. Esta prueba tendrá como base el programa orientativo de materias que se contiene en el anexo de la convocatoria.
  • A partir del primer día hábil siguiente a la realización de la prueba, el aspirante podrá acceder a la plataforma AVEX de la UNED con su clave de acceso para descargar la plantilla de las preguntas y contenido del examen. Ese mismo día se harán públicas las plantillas provisionales de las respuestas correctas, los interesados, en un plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación, podrán presentar las impugnaciones que estimen pertinentes, respecto a la formulación de las preguntas y de las correspondientes respuestas correctas.
  • La prueba se valorará, siguiendo la plantilla definitiva de respuestas, de la siguiente forma:
  • Se obtendrá un punto por cada respuesta correcta y se descontará una tercera parte del valor de una respuesta correcta por cada respuesta incorrecta. Las preguntas no contestadas no serán tomadas en consideración. La calificación de cada apartado se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones obtenidas por las respuestas correctas deduciéndose las incorrectas.
  • El apartado A se valorará sobre una escala de 0 a 50 puntos, aportando dos terceras partes de la calificación final del examen. Si tras el periodo de impugnación resultase en este apartado un número de preguntas inferior a 50, la calificación del Apartado A se obtendrá extrapolando el valor calculado, de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, a una escala de 50 puntos.
  • El apartado B se valorará sobre una escala de 0 a 25 puntos, aportando una tercera parte de la calificación final del examen. Si tras el periodo de impugnación resultase en este apartado un número de preguntas inferior a 25, la calificación del apartado B se obtendrá extrapolando el valor calculado, de conformidad con lo establecido en el primer párrafo, a una escala de 25 puntos.
  • La calificación final del examen resultará de la suma de las calificaciones obtenidas en los apartados A y B.

El Ministerio de Justicia, pondrá a disposición, por medios electrónicos, los títulos profesionales de la Abogacía de todas las personas aspirantes que, habiendo resultado aptas y de las cuales se haya acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta convocatoria, hayan efectuado esa elección en su solicitud de inscripción. Los títulos de los aspirantes que hayan solicitado la solicitado la expedición de su título por las Comunidades Autónomas de Andalucía o Cataluña, serán expedidos por los órganos competentes de dichas Comunidades Autónomas.

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