Última revisión
El Servicio Público de Empleo Estatal Sistema Nacional de Garantía Juvenil
La Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, de acuerdo con la nueva redacción dada por la disposición final vigésima octava de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, atribuye a la unidad orgánica que se designe por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social determinadas funciones relativas al Sistema Nacional de Garantía Juvenil, tales como organización y gestión relativas al fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, la resolución acerca de la inscripción en el mismo y otras relacionadas con la gestión de referido Sistema.
Dado que el Servicio Público de Empleo Estatal es el organismo autónomo adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social a través de la Secretaría de Estado de Empleo, mediante la Orden ESS/668/2017, de 13 de julio, publicada en el BOE de 15 de julio de 2017, se le encomienda la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de las políticas de empleo, relacionadas con el T-871 y, en particular,
- - la organización y gestión relativas al fichero y el responsable de adoptar las medidas que garanticen la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos contenidos en él. Corresponden a ese órgano directivo las decisiones, resoluciones o acuerdos relativos a las materias competencia del fichero.
- - delimitar o concretar el contenido de cada uno de estos datos.
- - realización del formulario empleado para la inscripción en el fichero y realizar los demás trámites que, en su caso, se habiliten.
- - resolver la solicitud con la inscripción en el fichero habilitado.
- - atender los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que ejerciten las personas interesadas.
- - formar parte de la Comisión Delegada de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
- - publicar resolución anual, teniendo en cuenta la Encuesta de Población Activa del último trimestre de año, que servirá para la ampliación de la edad máxima de acceso al Sistema Nacional de la Garantía Juvenil.
- - dictar las disposiciones sean necesarias para la aplicación de lo dispuesto sobre el Sistema de Garantía Juvenil en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, en el ámbito de sus competencias, y para habilitar los formularios y modelos necesarios para su desarrollo.