El TS anula una cláusula suelo por déficit de información, aunque la hipoteca fue revisada
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El TS anula una cláusula ...e revisada

Última revisión
09/07/2018

El TS anula una cláusula suelo por déficit de información, aunque la hipoteca fue revisada

Tiempo de lectura: 2 min

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Materias: civil, mercantil

Fecha: 09/07/2018

cláusula suelo
cláusula suelo

En la J-47821386 se plantea la aplicación del control de transparencia a un préstamo hipotecario con cláusula suelo, que posteriormente había sido objeto de novación modificativa.

La prestataria había suscrito con el Banco un préstamo hipotecario que contenía una cláusula suelo del 5%. Años después, ese préstamo fue objeto de una novación modificativa por la que se redujo la cláusula al 3,50%.

Contra esta cláusula, se interpuso una demanda de nulidad por considerarla abusiva y por falta de transparencia.

El juzgado de lo mercantil estimó esa demanda, por no superar el control de transparencia. Con posterioridad, esta sentencia fue recurrida y la Audiencia Provincial la revocó. Consideró que la cláusula suelo que fue objeto de novación modificativa, superaba el control de transparencia, entre otros extremos, por ser una cláusula clara, concreta y sencilla, por suponer una rebaja de lo inicialmente previsto, y porque la prestataria tuvo acceso a la escritura y leyó la misma.

Pues bien, en el caso resuelto por la Sala de lo Civil del TS, decide anular esa cláusula suelo por un ?déficit de información? aunque el préstamo hipotecario fuera objeto de una novación con posterioridad a la firma del mismo.

Según el texto de la propia sentencia:

?(?) en ningún momento de las fases contractuales que llevaron a la realización del referido contrato de préstamo hipotecario y a su posterior novación modificativa la entidad bancaria llevó a cabo ese plus de información y tratamiento principal de la cláusula suelo que permitiera a la cliente adoptar su decisión con pleno conocimiento de la carga económica y jurídica que comportaba dicha cláusula.

Déficit de información que no queda suplido por la mera lectura de la escritura, o por la claridad gramatical que pueda resultar de la redacción de la cláusula suelo, que si bien sirve para la superación del control de incorporación no determina, por ella sola, en ausencia de ese plus de información, que dicha cláusula suelo supere, además, el control de transparencia.?

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