Así serán las tablas salariales en 2018-2019 para instalaciones deportivas y gimnasios a nivel estatal.
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Última revisión
11/06/2018

Así serán las tablas salariales en 2018-2019 para instalaciones deportivas y gimnasios a nivel estatal.

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Materias: laboral

Fecha: 11/06/2018

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Como habíamos adelantado en nuestra noticia del pasado 16/04/2018 « N-28779 », tras cumplir con los trámites legales de registro y publicación el IV Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios ha sido publicado en el BOE del 11 de junio de 2018 con una fecha de entrada en vigor de 1 de enero 2018 , y con una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019.

El nuevo convenio mantiene íntegramente el contenido del III Convenio, adecuándolo a la normativa actual, y contempla en su anexo I las tablas salariales de aplicación desde el uno de enero de 2018:

Tablas salariales año 2018

Grupo Profesional

Nivel

Art. 32 salario base

Art. 33 1,5* S.H.

Art. 33 1,75* S.H.

Art. 37

Art. 34 15 % S.H.

Art. 13 15 % S.B.

Salario Base Anual

-

Euros

Salario Base Mensual 14 pagas

-

Euros

*Salario Base Hora

-

Euros/hora

*Hora extra no festiva

-

Euros/hora

*Hora extra festiva

-

Euros/hora

Plus Transporte

-

Euros

*Plus hora nocturna

-

Euros/hora

Complemento Movilidad 14 pagas

-

Euros

Grupo 1.

-

15.835,51

1.131,11

9,04

13,56

15,82

2,58

1,36

169,67

Grupo 2.

1

14.515,90

1.036,85

8,29

12,43

14,50

2,58

1,24

155,53

2

14.075,92

1.005,42

8,03

12,05

14,06

2,58

1,21

150,81

Grupo 3.

1

12.756,31

911,17

7,28

10,92

12,74

2,58

1,09

136,67

2

11.964,68

854,62

6,83

10,24

12,47

2,58

1,02

128,19

Grupo 4.

1

11.453,88

818,13

6,54

9,81

11,44

2,58

0,98

122,72

2

11.453,88

818,13

6,54

9,81

11,44

2,58

0,98

122,72

Grupo 5.

-

11.453,88

818,13

6,54

9,81

11,44

2,58

0,98

122,72

* Los módulos de salario base hora, hora extra no festiva, hora extra festiva y plus hora nocturna reflejados en esta tabla tienen carácter de mínimos, debiéndoseles añadir los complementos salariales que cada trabajador en su caso pudiera tener.

Dietas:

  • Desayuno: 4,12 euros.
  • Comida: 15,45 euros.
  • Cena: 16,48 euros.

Plus kilometraje: 0,19 euros/km.

Jornada de trabajo: 1.752 horas/año.

Durante el año 2019 la tabla anterior se incrementará un 2?2 % como mínimo y de un 3% como máximo. A tal fin, la comisión negociadora se reunirá anualmente en el mes de enero, para proceder al cálculo y publicación de las tablas salariales anuales. Si transcurridos tres meses dichas tablas no hubiesen sido publicadas las subidas redactadas en el presente artículo serán de aplicación inmediata.

  • Resolucion de 29 de mayo de 2018, de la Direccion General de Empleo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios.

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