RECAUDACIÓN-LGT 58/2003 - EXTINCIÓN DE LA DEUDA: APLAZAMIENTO Y FRACCIONAMIENTO ...INADMISIÓN Y EFECTOS
Prácticos
RECAUDACIÓN-LGT 58/2003 -... Y EFECTOS

Última revisión
01/01/2017

RECAUDACIÓN-LGT 58/2003 - EXTINCIÓN DE LA DEUDA: APLAZAMIENTO Y FRACCIONAMIENTO - CAUSAS DE INADMISIÓN Y EFECTOS

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)


Materia

129059 - RECAUDACIÓN-LEY GENERAL TRIBUTARIA 58/2003 - EXTINCIÓN DE LA DEUDA: APLAZAMIENTO Y FRACCIONAMIENTO

Pregunta

¿Cuáles son las causas que pueden motivar la inadmisión de una solicitud de aplazamiento o fraccionamiento, y que efectos produce la inadmisión?

Respuesta

Las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento se inadmitirán en los siguientes casos:

· Cuando la deuda debe ser declarada mediante autoliquidación y esta última no haya sido objeto de presentación con anterioridad o conjuntamente con la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento

· Cuando la autoliquidación haya sido presentada habiéndose iniciado con anterioridad un procedimiento de comprobación o investigación que hubiera quedado suspendido por haber pasado el tanto de culpa a la jurisdicción competente o por haber sido remitido el expediente al Ministerio Fiscal, por concurrir alguno de los supuestos regulados en el artículo 305 del Código Penal, siempre que la solicitud se refiera a conceptos y períodos objeto de dicho procedimiento de comprobación o investigación.

· Cuando se presenten solicitudes reiterativas de otras anteriores que hayan sido objeto de denegación y no contengan modificaciones sustanciales, y en particular, cuando dicha reiteración tenga por finalidad dilatar, dificultar o impedir la gestión recaudatoria

Asimismo, se inadmitirá por extemporánea la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento presentada después de la notificación del acuerdo de enajenación de los bienes embargados.

La inadmisión de una solicitud determina que la misma se tenga por no presentada, entendiéndose por tanto iniciado el período ejecutivo al día siguiente al del vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario.

Normativa/Doctrina

Artículo 65 apartado 5 Ley 58/2003, de 17 de diciembre de 2003 General Tributaria.

Artículo 47 Real Decreto 939/2005, de 29 de julio de 2005 por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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