Última revisión
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - HECHO IMPONIBLE - OPERACIONES NO SUJETAS - ENTES PÚBLICOS: ENCOMIENDAS DE GESTIÓN
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
138954 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - HECHO IMPONIBLE - OPERACIONES NO SUJETAS
Pregunta
Una entidad mercantil es una sociedad de capital público (en el que participan una Diputación provincial, varios Ayuntamientos diversos Consejos comarcales y Consorcios) y presta, en virtud de encomiendas de gestión, tanto servicios de violencia de género y mediación, como servicios a las personas mayores en centros geriátricos en los que hay régimen de copago.
Tributación.
Respuesta
No estarán sujetos al Impuesto los servicios de violencia de género (acogida en centros, recuperación) y mediación prestados en virtud de encomiendas de gestión por los entes, organismos y entidades del sector público que ostenten la condición de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración Pública encomendante y de los poderes adjudicadores dependientes del mismo que tengan a su vez la condición de Administración Pública
En estos mismos términos, los servicios a personas mayores en centros geriátricos en régimen de copago estarán no sujetos cuando se presten a la Administración pública encomendante.
Ambos servicios estarán sujetos al IVA cuando sus destinatarios sean personas distintas de las Administraciones Públicas encomendantes. No obstante, en este caso debe tenerse en cuenta que los mismos podrían resultar exentos del Impuesto al tratarse de servicios de asistencia social.
Normativa/Doctrina
Artículo 7 .8º y 20. Uno. 8º Ley 37/1992, de 28 de diciembre de 1992.
Artículo primero Ley 28/2014, de 27 de noviembre de 2014.
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 3065 - 16, de 01 de julio de 2016
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria