Última revisión
ACTIVIDADES EMPRESARIALES. DIVISIÓN 1: ENERGÍA Y AGUA - COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Práctico
Relacionados:
Legislación
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 05/01/2021
Origen: AEAT (Informa)
Materia
142919 - IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - TARIFAS - ACTIVIDADES EMPRESARIALES. DIVISIÓN 1: ENERGÍA Y AGUA
Pregunta
¿Dónde clasificaría la actividad de comercialización de energía eléctrica?
Respuesta
La actividad de comercialización de energía eléctrica quedaría clasificada dentro del grupo 151-Producción, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica- y concretamente en el epígrafe 151.6 -Comercialización de energía eléctrica.
Normativa/Doctrina
Grupo 151 Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre de 1990.
Epígrafe 1516 Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre de 1990.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria