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Análisis resolución del ICAC 3 de 1 de Diciembre de 2016
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Desarrollamos a continuación la Resolución del ICAC, 1 del 1 de diciembre de 2016 (Resolución del ICAC, 1 de 1 de Diciembre de 2016):
La consulta versa sobre el tratamiento contable de la indemnización recibida en un proceso judicial a raíz de una sentencia dictada en primera instancia y que ha sido recurrida por la parte demandada.
Resumimos la respuesta de la consulta en el siguiente árbol de decisión a aplicar para este tipo de litigios:
(*) De acuerdo con el Plan General de Contabilidad, los activos contingentes no se reconocen en el balance, únicamente se informa sobre ellos en la memoria en la nota 14 de Provisiones y Contingencias indicando la siguiente información:
a) Una breve descripción de su naturaleza.
b) Evolución previsible, así como los factores de los que depende.
c) Información sobre los criterios utilizados para su estimación, así como los posibles efectos en los estados financieros y, en caso de no poder realizarse, información sobre dicha imposibilidad e incertidumbres que la motivan.
(**) De acuerdo con el Plan General de Contabilidad, los pasivos contingentes no se reconocen en el balance, únicamente se informa sobre ellos en la memoria en la nota 14 de Provisiones y Contingencias indicando la siguiente información:
a) Una breve descripción de su naturaleza.
b) Evolución previsible, así como los factores de los que depende.
c) Información sobre los criterios utilizados para su estimación, así como los posibles efectos en los estados financieros y, en caso de no poder realizarse, información sobre dicha imposibilidad e incertidumbres que la motivan.