Última revisión
ILLES BALEARS 2018 - DEDUCCIÓN POR DONACIONES A ENTIDADES DEL TERCER SECTOR
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 02/05/2019
Origen: AEAT (Informa)
Materia
141308 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - ILLES BALEARS 2018
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica de las Illes Balears por donaciones a entidades del tercer sector?
Respuesta
Los contribuyentes residentes en las Illes Balears pueden aplicar una deducción del 25 por 100, aplicable sobre una base máxima de 150 euros, de las donaciones dinerarias que se hagan durante el ejercicio, a favor de las entidades sin ánimo del tercer sector de acción social, que estén inscritas en el registro correspondiente de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación, siempre que cumplan los requisitos de los artículos 2 y 3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, o estén parcialmente exentas del impuesto sobre sociedades.
La efectividad de la donación se ha de acreditar mediante la expedición, por parte de la entidad beneficiaria, del correspondiente certificado.
Esta deducción no es aplicable a los contribuyentes que hayan fallecido en 2018 en un día distinto al 31 de diciembre.
Normativa/Doctrina
Art. 5 quinquies Texto Refundido disposiciones legales de Illes Balears en materia de tributos cedidos (creadoD.F.2ª Ley 14/2018)
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria