Última revisión
CANARIAS 2017 - DEDUCCIÓN IRPF GASTOS DE ENFERMEDAD: PROFESIONALES MÉDICOS
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/05/2018
Origen: AEAT (Informa)
Materia
140429 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - CANARIAS 2017
Pregunta
La deducción por gastos de enfermedad se aplica sobre los honorarios profesionales abonados por la prestación de servicios realizada por quienes tengan la condición de profesionales médicos o sanitarios, excepto farmacéuticos ¿Qué profesiones que tienen la consideración de profesiones sanitarias?
Respuesta
Conforme a la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, se consideran como tales, las siguientes:
Las profesiones para cuyo ejercicio habilitan los títulos de Licenciado o graduado, o en su caso, diplomado, en Medicina, en Farmacia, en Odontología, en Enfermería, en Fisioterapia, en Terapia Ocupacional, en Podología, en Óptica y Optometría, en Logopedia y en Nutrición Humana y Dietética.
También tienen esta consideración de profesionales sanitarios quienes ostenten los siguientes títulos: Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citología, en Dietética, en Documentación Sanitaria, en Higiene Bucodental, en Imagen para el Diagnóstico, en Laboratorio de Diagnóstico Clínico, en Ortoprotésica, en Prótesis Dentales, en Radioterapia, en Salud Ambiental y en Audioprótesis.
Normativa/Doctrina
Artículo 16.ter Texto Refundido disposiciones legales C. Aut. de Canarias en materia de tributos cedidos (añadido por Ley 7/2017) Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria