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Caso Práctico: ¿Puede el autónomo deducirse la hipoteca de su vivienda si trabaja desde casa y es cotitular de la vivienda junto a su esposo/a en régimen de gananciales?
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 30/04/2020
Origen: Iberley
PLANTEAMIENTO
¿Puede el autónomo deducirse la hipoteca de su vivienda si trabaja desde casa y es cotitular de la vivienda junto a su esposo/a en régimen de gananciales?
RESPUESTA
A este respecto se ha pronunciado de forma clara la Dirección General de Tributos en su reciente Resolución Vinculante V2310-18 de 07 de Agosto de 2018, señalando que "en caso de que el cónyuge empresario o profesional utilice en desarrollo de su actividad bienes gananciales, el artículo 29 de la Ley del Impuesto establece la consideración como elementos patrimoniales afectos en su totalidad a la actividad económica del cónyuge empresario de los elementos comunes a ambos cónyuges, aunque uno de ellos no desarrolle la actividad. Como consecuencia de dicha regla de afectación, el artículo 30.2.3ª, establece que la utilización de bienes o derechos gananciales por el cónyuge empresario o profesional en el desarrollo de su actividad, no dará lugar a gasto deducible en éste ni a rendimiento de capital en el otro cónyuge, por la cesión de uso efectuada sobre la parte del bien correspondiente a ese otro cónyuge.
En consecuencia, en el supuesto consultado, los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad se deben computar en su totalidad (el 100%) aunque sólo correspondan a la titularidad del cónyuge empresario o profesional en un 50%, tanto para la deducción de los gastos correspondientes a la titularidad de la vivienda, como los correspondientes a los suministros".
¿Y si la copropiedad fuese con otra persona?
En este caso sí habría que ponerlos en proporción a la participación que se tenga en la propiedad del inmueble.
NORMATIVA