Caso práctico: Cálculo del coeficiente a tiempo parcial en contratos parciales con jornada irregular.
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Caso práctico: Cálculo de...irregular.

Última revisión
16/05/2018

Caso práctico: Cálculo del coeficiente a tiempo parcial en contratos parciales con jornada irregular.

Tiempo de lectura: 3 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 16/05/2018

Origen: Iberley


PLANTEAMIENTO

Tengo dudas en el cálculo del coeficiente a tiempo parcial en los siguientes contratos parciales: 

  • a) Contrato a tiempo parcial que empieza el 10/05/2018 y finaliza el 10/05/2018. Se trabaja solamente 2 horas el día el 10/05/2018 de 17:00-19:00 hs. ¿Cuál sería el coeficiente que cotiza a la seguridad social?
  • b) Contrato a tiempo parcial que empieza el 18/05/2018 y finaliza el 20/05/2018. Se trabaja 3 hs./día de 12:00 a 15:00 hs. ¿Cuál sería el coeficiente que cotiza a la seguridad social?
  • c) Contrato  a tiempo parcial que empieza el 07/05/2018 y finaliza el 24/05/2018. Se trabaja: lunes 3 hs., jueves 2 hs., sábados 4 hs. y domingo 2 hs. ¿Cuál sería el coeficiente que cotiza a la seguridad social?

RESPUESTA

En consonancia con el Caso práctico: ¿Cómo calcular el porcentaje de jornada de un contrato a tiempo parcial?, el coeficiente de parcialidad muestra el porcentaje que suponen los días cotizados en relación al periodo natural de días efectivamente trabajados.

Para su cálculo, tomando a modo de ejmp. un convenio colectivo en el que se fija una jornada de 1780 horas anuales / 40 horas semanales / 8 horas diarias - (lo que supondría el 100% de coeficiente de jornada) aplicamos la siguiente fórmula:

[núm. de horas ordinarias realizadas por el trabajador a tiempo parcial / núm. de horas de la jornada máxima] x 100

a) Un solo día de trabajo de 2 hs./día frente a una jornada ordinaria en ese periodo de 8 hs/día.

-  [2 / 8] x 100 = 25 % jornada

O lo que es igual: (1)

- [2 hs/día de jornada x 100] / 8 hs/día de jornada completa comparable  = 25 % jornada.

b) Tres días de trabajo de 3 hs./día (9 hs trabajadas en total) frente a una jornada ordinaria en ese periodo de 24 hs. (8 hs/día x 3 días)

- [9 / 24] x 100= 37,5 % jornada

O lo que es igual: (1)

- [3 hs/día de jornada x 100] / 8 hs/día de jornada completa comparable  = 37,5 % jornada.

c) Cuatro días de trabajo que implican un total de 11 horas trabajadas frente a una jornada ordinaria en ese periodo (lunes-domingo) de 40 hs. semanales

En este caso al tratarse de una jornada irregular computaríamos hs. por semana:

- [11 / 40] x 100= 27,50 % jornada.

O lo que es igual: (1)

- [11 hs. de jornada semana x 100] / 40 hs./semana de jornada completa comparable  = 27,50 % jornada.

 

(1) Cálculo en base en las instrucciones del modelo TA.2. “Tiempo Parcial.- Se consignarán en el apartado A, las horas de trabajo pactadas al día, a la semana, al mes o al año; en el apartado B, se consignarán las horas de que se compone la jornada máxima de los trabajadores de la empresa contratados a tiempo completo para el mismo período indicado en el apartado A; y en el Coeficiente a Tiempo Parcial se calculará el coeficiente conforme a la fórmula indicada [(A x 1000) / B = coeficiente de parcialidad]”


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