Caso Práctico: Cálculo de...Vacaciones

Última revisión
23/02/2018

Caso Práctico: Cálculo de la indemnización por despido objetivo trabajador fijo discontinuo. Vacaciones

Tiempo de lectura: 4 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 23/02/2018

Resumen:

Para el cálculo de la indemnización de 20 días de salario por año trabajado de un trabajador con un contrato de fijo discontinuo para calcular el tiempo trabajado, se le tendría que contar también los días de vacaciones pagadas cada vez que se le suspende el contrato?  

PLANTEAMIENTO

Para el cálculo de la indemnización de 20 días de salario por año trabajado de un trabajador con un contrato de fijo discontinuo para calcular el tiempo trabajado, ¿se le tendría que contar también los días de vacaciones pagadas cada vez que se le suspende el contrato?

RESPUESTA

Para saber la antigüedad real del trabajador fijo-discontinuo a efectos indemnizatorios, han de computarse los días de trabajo efectivos junto con los festivos, descansos y vacaciones de forma proporcional

 

Los contratos fijos-discontinuos, contemplados en el art. 15.8 del Estatuto de los Trabajadores (ET), aunque son indefinidos tienen una duración periódico-temporal que conlleva su finalización cuando termina la temporada, la actividad cíclica o discontinua que los motiva, sin perjuicio de que el trabajador deba ser llamado y contratado cuando se reinicie esa actividad cíclica.

 

La indemnización de los trabajadores fijos discontinuos en caso de despido se calculará en base a los días trabajados efectivamente. En este caso:

 

Antigüedad en la empresa

No es el periodo de tiempo que han estado contratados, para esta contratación ha de tenerse en cuenta únicamente los días en los que el trabajador haya realizado un servicio activo en la empresa en cada una de las campañas trabajadas.

 

Para saber la antigüedad real del trabajador, han de computarse los días de trabajo efectivos junto con los festivos, descansos y vacaciones de forma proporcional.

 

Pida un informe de vida laboral por Sistema RED y sabrá este dato con exactitud.

Salario regulador para el cálculo

El salario regulador para el despido será la suma de los salarios percibidos durante un espacio de tiempo concreto anterior a su despido y esta cifra se dividirá entre los días trabajados durante ese periodo.

 

  • Vacaciones retribuidas a la finalización del contrato

La parte proporcional relativa a las vacaciones no disfrutadas tiene un carácter compensatorio e indemnizatorio. De acuerdo que el apdo. 1, Art. 26 ,ET  se retribuye un periodo de descanso computable como de trabajo, por lo que no debe incluirlo en el salario módulo de la indemnización por despido.

 

Las vacaciones han de ser retribuidas como tiempo de trabajo por lo que el hecho de que se hubiesen disfrutado o no resulta irrelevante para el cálculo de la indemnización por despido.

 

Días de indemnización

En función del tipo de despido

 

Ejemplo:

Le adjunto un ejmp. muy sencillo. Prestación de servicios durante tres meses (agosto/septiembre/octubre) durante 5 años cobrando 2.000 €/mes (prorrata de pagas extra incluidas). Despido objetivo

 

  • Salario diario:  2.000 euros x 12 / 365 = 65,75 euros/día para el cálculo
  • Años de indemnización: 5 años x 3 meses/año: 15 meses.        15 meses / 12 meses: 1,25 años, es decir, un año y tres meses (Indemnización por despido en períodos inferiores a un año)
  • Indemnización por despido objetivo: 65,75 euros/día  x  1,25  años x  20 días por año trabajado = 1643,75 euros

 

 

Extinción e indemnización por finalización de contrato fijo discontinuo | Iberley

Tipos de indemnización por despido | Iberley

Conceptos computables en la indemnización por despido | Iberley

 

Sentencia Social Nº 26/2004, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2803/2003, 14-01-2004 | Iberley

Sentencia Social TSJ Cataluña, 02-07-2001 | Iberley

Sentencia SOCIAL Nº 676/2017, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 6, Rec 516/2017, 10-07-2017 | Iberley

Sentencia SOCIAL Nº 412/2017, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 4, Rec 59/2017, 08-06-2017 | Iberley

Sentencia SOCIAL Nº 509/2017, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 263/2017, 26-05-2017 | Iberley

 

Trabajador Fijo discontinuo. Falta de llamamiento por cese de actividad de la empresa

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