Caso práctico: Cálculo de la prestación por desempleo de un trabajador sin hijos a cargo.
- Orden: Laboral
- Fecha última revisión: 21/04/2016
- Origen: Iberley
PLANTEAMIENTO
Un trabajador con un contrato temporal por 24 meses concluyó el mismo el 26/abril/2015 inscribiéndose y solicitando la prestación por desempleo en el INEM el 7/mayo/2015. El trabajador nació el 17/enero/1982, cotizó por toda la duración del contrato. Está soltero y sin hijos. La base por la que ha cotizado por desempleo asciende a 6.000 €.
- 1.- ¿Qué requisitos ha de cumplir para tener derecho a la prestación?
- 2.- ¿Cuál será la cuantía de la prestación por desempleo?
RESPUESTA
Durante los primeros 180 días (6 meses), el trabajador tiene derecho a percibir el 70 por 100 de la base reguladora calculada según la base por contingencias profesionales de los 180 últimos días cotizados, y el 50 por 100 con posterioridad. (1)
La cuantía para el año 2.015 de un prestacionista que no tiene hijos a cargo ha de estar comprendida entre 1087,20 € (máxima) y de 497, 01 € (mínima).
ANALISIS
- 1.- ¿Qué requisitos ha de cumplir para tener derecho a la prestación?
a) Hallarse en situación legal de desempleo.
b) Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y aceptar una colocación adecuada, a través de la suscripción de un compromiso de actividad (266 ,LGSS).
c) Tener cubierto un período mínimo de cotización de 12 meses (360 días) dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, o al momento en que cese la obligación de cotizar (266 ,LGSS)
d) No haber cumplido la edad exigida para causar derecho a la pensión de jubilación, salvo que el trabajador no tuviera derecho a ella por falta de acreditación del período de cotización requerido o se trate de supuestos de suspensión de la relación laboral o reducción de jornada autorizados por expediente de regulación de empleo.
e) Presentar la solicitud dentro de los 15 días siguientes a la situación legal de desempleo.
f) No estar incluido en alguna de las causas de incompatibilidad legalmente establecidas.
El trabajador ha cotizado 24 meses, que corresponden a 2 años, pasamos los años a días, para eso multiplicamos por 365.
365 x 2 = 730 días. |
Miramos en la tabla para comprobar cuantos días le corresponden de prestación.
Período de cotización (en días) | Período de prestación (en días) |
Desde 360 hasta 539 | 120 |
Desde 540 hasta 719 | 180 |
Desde 720 hasta 899 | 240 |
Desde 900 hasta 1.079 | 300 |
Desde 1.080 hasta 1.259 | 360 |
Desde 1.260 hasta 1.439 | 420 |
Desde 1.440 hasta 1.619 | 480 |
Desde 1.620 hasta 1.799 | 540 |
Desde 1.800 hasta 1.979 | 600 |
Desde 1.980 hasta 2.159 | 660 |
Desde 2.160 | 720 |
El trabajador tiene derecho a 240 días por prestación de desempleo.
- 2.- ¿Cuál será la cuantía de la prestación por desempleo?
Cálculo de la Base reguladora
La base reguladora de la prestación por desempleo se calculará dividiendo las cotizaciones efectuadas por desempleo en los 180 días anteriores a la situación legal de desempleo entre 180. Para el cálculo de la base reguladora se excluirá la retribución por horas extraordinarias.
La suma de las bases de cotización por desempleo del trabajador de los 180 días anteriores al hecho causante es de 6.000 euros. Luego la base reguladora será:
Br = 6000/180 = 33,33 €/día |
La cuantía de la prestación será
- Durante los primeros 180 días (6 meses), el trabajador tiene derecho a percibir el 70 por 100 de la base reguladora:
1 al 180 = 33,33 x 70 % = 23,33 euros/día
23,33 x 180 días = 4.199,4 euros periodo.
4.199,4 euros / 6 = 699,90 euros/mes.
- A partir de los 181 días en adelante, el trabajador percibirá el 50 por 100 de la base reguladora:
181 en adelante = 33,33 x 50 % = 16,66 euros/día.
16,66 x 60 días (equivalente a los dos meses restantes de prestación) = 999,90 euros periodo.
999,90 euros / 2 = 499,95 euros/día.
Total prestación económica por desempleo: 4.199,4 + 999,90 = 5.199,30 Euros |
TOPES MINIMOS AÑO 2015
... | euros/mes x 12 | |
Con hijos | 107% IPREM (Incrementado en 1/6 parte) | 664,75 |
Sin hijos | 80% IPREM (Incrementado en 1/6 parte) | 497,01 |
TOPES MAXIMOS AÑO 2015
... | euros/mes x 12 | |
Sin hijos | 175% IPREM (Incrementado en 1/6 parte) | 1.087,20 |
1 hijo | 200% IPREM (Incrementado en 1/6 parte) | 1.1242,52 |
2 hijos o más | 225% IPREM (Incrementado en 1/6 parte) | 1.397,84 |
En el supuesto planteado la prestación se encuentra entre del tope mínimo establecido ( 497,01 euros/mes) y el tope máximo (1.087,20 euros/mes) establecido para el prestacionista sin hijos a cargo.
BASE JURÍDICA
- 273 ,Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
(1) Las situaciones legales de desempleo que supongan alta inicial y se produzcan a partir del 15 de julio de 2012 se verán afectadas por las modificaciones operadas por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, sobre los apdos. 2 y 3, Art. 211 ,Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, que se resumen en:
A) La cuantía de la prestación se determinará aplicando a la base reguladora los porcentajes del 70% en los 180 primeros días y del 50% (antes el 60%) desde el día 181. Se aplicará a las prestaciones cuyo nacimiento derive de situaciones legales de desempleo producidas a partir del 15 de julio de 2012.
B) Para el cálculo de las cuantías máxima y mínima de la prestación se tendrá en cuenta el indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM) calculado en función del promedio de las horas trabajadas durante el periodo de los últimos 180 días cotizados, ponderándose tal promedio en relación con los días trabajados a tiempo completo o parcial durante dicho periodo.
C) Cuando en el momento de la situación legal de desempleo el trabajador mantenga uno o varios contratos a tiempo parcial, para tener derecho a la prestación contributiva o al subsidio por cotización insuficiente será necesario acreditar el periodo mínimo exigido en cada caso computándose exclusivamente el contrato o contratos que se pierden.
D) Durante la percepción de la prestación el trabajador cotizará a la Seguridad Social por el 100% del importe de la cuota que le corresponda, que se le descontará de la prestación.
RDLeg. 8/2015 de 30 de Oct (TR. Ley General de la Seguridad Social -LGSS-) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 261 Fecha de Publicación: 31/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 02/01/2016 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 8ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 7ª. Competencias sobre la incapacidad temporal.
- D.F. 6ª bis. Ampliación del régimen de compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo por cuenta ajena.
- D.F. 6ª. Trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante o a domicilio.
- D.F. 5ª. Disposiciones relativas a trabajadores por cuenta ajena agrarios.
RD-Ley 20/2012 de 13 de Jul (Medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 168 Fecha de Publicación: 14/07/2012 Fecha de entrada en vigor: 15/07/2012 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
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Sentencia Social TSJ Galicia, Rec 3355, 21-09-2000
Orden: Social Fecha: 21/09/2000 Tribunal: Tsj Galicia Ponente: Ron Curiel, Ricardo Num. Recurso: 3355
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Sentencia SOCIAL Nº 766/2020, TSJ Asturias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1737/2019, 28-04-2020
Orden: Social Fecha: 28/04/2020 Tribunal: Tsj Asturias Ponente: Ordoñez Diaz, Catalina Num. Sentencia: 766/2020 Num. Recurso: 1737/2019
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Sentencia Social Nº 6831/2013, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 7040/2012, 22-10-2013
Orden: Social Fecha: 22/10/2013 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Sanz, Francisco Javier Marcos Num. Sentencia: 6831/2013 Num. Recurso: 7040/2012
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Sentencia Social Nº 2212/2010, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2689/2009, 16-07-2010
Orden: Social Fecha: 16/07/2010 Tribunal: Tsj Andalucia Ponente: Perez Sibon, Maria Del Carmen Num. Sentencia: 2212/2010 Num. Recurso: 2689/2009
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Auto SOCIAL JSO Barcelona, Sec. 33, Rec 20/2014, 06-02-2015
Orden: Social Fecha: 06/02/2015 Tribunal: Juzgado De Lo Social - Barcelona Ponente: Agustí Maragall, Joan Num. Recurso: 20/2014
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