Última revisión
Caso práctico: Cálculo límite de renta para aplicar deducción por cónyuge con discapacidad a cargo IRPF
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 22/03/2024
Resumen:
El artículo 81 bis de la LIRPF reconoce una deducción por el cónyuge no separado legalmente con discapacidad, siempre que no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros. Para el cómputo de este límite de renta, debe tomarse el concepto de renta anual, formado por la suma algebraica de los rendimientos netos, de imputaciones de rentas y de las ganancias y pérdidas patrimoniales computadas en el año, sin aplicar las reglas de integración y computación. Los rendimientos se computarán netos, es decir, una vez deducidos los gastos, pero sin aplicar las reducciones correspondientes; aunque en el caso de los rendimientos del trabajo podrá tenerse en cuenta la reducción del artículo 18 de la LIRPF.
PLANTEAMIENTO
¿Cómo se computa el límite de 8.000 euros de renta de cara a aplicar la deducción por cónyuge con discapacidad a cargo en el IRPF? ¿Se trata de un importe bruto o neto?
RESPUESTA
Dicho …
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