Última revisión
Caso práctico: Cancelación de antecedentes penales con certificado emitido en el extranjero
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Orden: penal
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
El plazo exigido sin haber vuelto a delinquir para la cancelación de los antecedentes penales por delitos leves, será el general de seis meses cuando el condenado presente un certificado de antecedentes de otro país, apostillado.
PLANTEAMIENTO
Siendo necesario el transcurso de un tiempo de seis meses sin que el culpable cometa un nuevo delito para poder efectuar la cancelación de los antecedentes penales leves, en caso de que el condenado tenga el certificado de antecedentes penales de otro país, apostillado, ¿Cuál sería el plazo para poder realizar dicha cancelación?
RESPUESTA
Partiendo de que el país donde se haya apostillado el documento tenga algún tratado con el nuestro país que permita la apostilla del certificado emitido en el país de origen, o que éste forme parte del Instrumento de Ratificación de España del Convenio suprimiendo la exigencia de la legalización de los documentos públicos extranjeros, hecho en La Haya el 5 de octubre de 1961, siempre y cuando el delito sea de los tipificados como leve en nuestro ordenamiento, sería de aplicación el mismo plazo para la cancelación de los antecedentes, esto es, el plazo de 6 meses, de conformidad con lo dispuesto en el art. 136 del Código Penal.
A TENER EN CUENTA. Cancelación de los antecedentes penales: requisitos y procedimiento.