Caso práctico: Condonación de crédito por sociedad dependiente
Prácticos
Caso práctico: Condonació...ependiente

Última revisión
23/01/2017

Caso práctico: Condonación de crédito por sociedad dependiente

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min

Relacionados:

Orden: contable

Fecha última revisión: 23/01/2017

Origen: Iberley


PLANTEAMIENTO

La sociedad “Producción de muebles” posee el 100% de las acciones de la sociedad “Distribución y decoración”.

En 2013, debido al flujo de caja incrementado de la línea de decoración, la sociedad dominada concedió un préstamo a la sociedad matriz por importe de 980.000 €.

El balance de “Distribución y decoración” es el siguiente:

Activo no corriente

3.690.000

Crédito empresas grupo

980.000

Activo corriente

3.456.000

Patrimonio neto

2.129.000

Pasivo no corriente

2.547.000

Pasivo corriente

3.450.000

El 75% del patrimonio neto de “Distribución y decoración” corresponde a beneficios no distribuidos.

En 2015 se acuerda condonar ese préstamo.

OPERACIONES A REALIZAR

Determinar si la sociedad “Producción de muebles” debe contabilizar la devolución del préstamo como intereses o como una reducción del valor de su inversión.

Asientos contables

SOLUCIÓN

Como suele repetir el ICAC, el registro contable de las operaciones debe realizarse atendiendo al fondo económico y jurídico que subyace en las mismas, con independencia de la forma empleada para instrumentarlas, una vez analizados en su conjunto todos los antecedentes y circunstancias de aquellas.

Precisamente es el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas el que estableció en varias consultas los criterios interpretativos respecto a la condonación de préstamos por empresas del grupo.

El la consulta consulta 4 publicada en su Boletín (BOICAC) no 79, de septiembre de 2009, sobre el tratamiento contable de la condonación de un crédito por una sociedad dependiente a la sociedad dominante se estableció que :

La sociedad dominante cancelará la deuda con abono a una cuenta representativa del fondo económico de la operación, que podrá́ ser la distribución de un resultado o la recuperación de la inversión en función de cuál haya sido la evolución de los fondos propios de la sociedad dependiente desde la fecha de adquisición. Por su parte la sociedad dependiente dará́ de baja el derecho de crédito con cargo a una cuenta de reservas.

El criterio básico consiste en determinar si la dominada tiene suficientes reservas procedentes de beneficios sin distribuir:

Para determinar en este caso concreto si la condonación del crédito tiene como realidad económica de fondo la distribución de resultados o la recuperación de la inversión, es preciso determinar si en el momento de la condonación del crédito existían reservas procedentes de beneficios no distribuidos por importe superior al valor del crédito. En la medida que dichas reservas existan nos encontraremos con una distribución de resultados, con independencia de que la filial cuente con una prima de asunción con la que dar de baja el crédito concedido.

Para la sociedad dominante habría dos opciones de contabilización:

Como devolución de la inversión:

 

 

Debe

Haber

Deudas l/p con entidades vinculadas

980.000

 

Inversiones financieras l/p partes vinculadas

 

980.000

 

 

O bien como un reparto de dividendo:

 

 

Debe

Haber

Deudas l/p con entidades vinculadas

980.000

 

Ingresos participaciones patrimonio. Sociedad vinculada

 

980.000

 

 

Vamos a comprobar si la sociedad dominada cumple el requisito referente a las reservas.

De su balance se desprende que el Patrimonio neto es de 2.129.000.

El 75% de ese Patrimonio neto corresponde a beneficios sin distribuir. En total, 1.596.750 €.

Esa cantidad es mayor que el importe del préstamo condonado.

 Por ello, la sociedad dominante podrá considerar la condonación como una distribución de beneficios.

Por último, la sociedad dominada, que es la que concedió el préstamo, lo cancela contra las Reservas:

 

 

Debe

Haber

Reservas

980.000

 

Créditos l/p con entidades vinculadas

 

980.000

 

Fuentes:

Norma de Registro y Valoración 9: Instrumentos financieros. PGC

BOICAC 79/2009 Consulta 4

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

La justicia en la sociedad 4.0: nuevos retos para el siglo XXI
Disponible

La justicia en la sociedad 4.0: nuevos retos para el siglo XXI

V.V.A.A

55.25€

52.49€

+ Información

Principios de Derecho Financiero y Bancario
Disponible

Principios de Derecho Financiero y Bancario

V.V.A.A

22.05€

20.95€

+ Información

Infracciones y sanciones tributarias. Paso a paso
Disponible

Infracciones y sanciones tributarias. Paso a paso

V.V.A.A

16.95€

16.10€

+ Información

Novedades contables 2020: instrumentos financieros
Disponible

Novedades contables 2020: instrumentos financieros

Manuel Rejón López

10.87€

10.33€

+ Información

Régimen estatal del Impuesto sobre el Patrimonio
Disponible

Régimen estatal del Impuesto sobre el Patrimonio

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información