Última revisión
Caso práctico: Conforme al Código Civil, ¿puede el cónyuge viudo, instituido heredero universal, participar en la elección del modo de satisfacer el usufructo vidual?
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Orden: civil
Fecha última revisión: 01/07/2024
El cónyuge viudo, aun cuando haya sido instituido heredero universal, no puede elegir la forma de satisfacer su propio derecho de usufructo, ya que esta facultad corresponde exclusivamente al legitimario afectado, conforme ha señalado el Tribunal Supremo.
PLANTEAMIENTO
Mediante testamento A establece como heredero universal a su cónyuge X al que así mismo le reconoce el derecho de usufructo vidual sobre el tercio de mejora, además se reconoce como legitimario a su hijo Z.
El legitimario decide capitalizar el usufructo a lo que el cónyuge viudo se opone y alega su condición de heredero para poder participar de la decisión sobre la forma de satisfacer...
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