Última revisión
Caso práctico: constitución de una sociedad mediante aportaciones dinerarias y no dinerarias (gastos de constitución)
Relacionados:
Orden: contable
Fecha última revisión: 29/06/2021
Origen: Iberley
PLANTEAMIENTO
Constitución de una sociedad mediante aportaciones dinerarias con desembolso parcial y exigencia de finalización del mismo a cierre del ejercicio. El capital es plenamente suscrito por ambos socios.
Dos personas constituyen una sociedad que reviste forma mercantil, que tendrá un capital social de 300.000 €. En el momento de la constitución uno de ellos desembolsará 95.000 € en efectivo y el otro 100.000 € que depositará en una cuenta bancaria. El resto será exigido y desembolsado el día del cierre del ejercicio con dinero en efectivo. Finalmente el día anterior al desembolso, se decide que las aportaciones pendientes se realizarán aportando el primero de ellos una patente de invención valorada en 55.000 € y el otro, existencias comerciales por valor de otros 50.000 €, completando así el total del desembolso. Realícense los asientos correspondientes.
Además, se han incurrido en una serie de gastos previos a la constitución (estudio de mercado, notario, etc.) valorados en 5.000 euros.
Se piden las anotaciones contables a realizar.
RESPUESTA
En el momento de constitución de una sociedad mercantil esta se puede llevar a cabo mediante aportaciones dinerarias, en efectivo o por banco. Exigirá una escritura pública que deberá inscribirse en el Registro Mercantil y otorgarse por todos los socios fundadores sean personas físicas o jurídicas.
Constitución de la sociedad
En el momento de la constitución:
Debe | Haber | |
(190) Acciones o participaciones emitidas | 300.000 | |
(194) Capital emitido pendiente de inscripción | 300.000 |
En el momento en que se lleva a cabo la suscripción de las participaciones:
Debe | Haber | |
(572) Bancos | 100.000 | |
(570) Caja, euros | 95.000 | |
(190) Acciones o participaciones emitidas | 195.000 |
En el momento en que se lleva a cabo el registro en el Registro Mercantil:
Debe | Haber | |
(194) Capital emitido pendiente de inscripción | 300.000 | |
(100) Capital social | 300.000 |
En el momento en que se exige el pago del restante capital pendiente, ya suscrito, acordando que este se realizará por aportaciones no dinerarias:
Debe | Haber | |
(104) Socios por aportaciones no dinerarias pendientes | 105.000 | |
(190) Acciones o participaciones emitidas | 105.000 |
En el momento en que se produce la aportación no dineraria deberá cancelarse simultáneamente la cuenta (104) por aportaciones no dinerarios pendientes y el restante del capital social no desembolsado:
Debe | Haber | |
(104) Socios por aportaciones no dinerarias pendientes | 105.000 | |
(203) Propiedad industrial | 55.000 | |
(300) Existencias | 50.000 |
Gastos previos a la constitución
A fecha de devengo de los gastos se deberá inscribir el siguiente asiento (evidentemente, desglosando el importe por cada uno de los gastos y realizando cuantos asientos sean necesarios por cada gasto devengado):
Debe | Haber | |
(113) Reservas voluntarias | 5.000 | |
(57) Caja | 5.000 |
El hecho de que la partida de reservas voluntarias se muestre con saldo deudor no supone problema alguno. Deberá, posteriormente, resarcirse con los beneficios que la sociedad obtenga para devolverle su saldo acreedor.
LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS
Código de Comercio y Leyes Mercantiles - Código comentado 2020-2021 (DESCATALOGADO)
72.20€
14.44€