Última revisión
Caso práctico: ¿Cómo proceder con el contrato de sustitución de un trabajador que ha agotado los 545 días de incapacidad temporal sin declaración de incapacidad permanente?
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 12/03/2024
Resumen:
Ante la situación en la que un trabajador ha agotado los 545 días de incapacidad temporal (IT) y está pendiente de la resolución del INSS para incapacidad permanente (IP), la empresa debe considerar cómo proceder con el empleado sustituto que fue contratado bajo un contrato 410.
PLANTEAMIENTO
Se nos presenta un caso de un contrato 410 por sustitución de IT. El trabajador sustituido ha llegado a los 545 días de IT y se le ha dado de baja por agotamiento de IT.
- ¿Qué deberíamos hacer con el trabajador sustituto?
- ¿Podemos continuar con el contrato 410 hasta tener la resolución del INSS de incapacidad permanente?
RESPUESTA
Dentro de las novedades en el agotamiento del plazo de incapacidad temporal y las repercusiones para trabajador y empresa no se especifica ningún modo de actuación.
Atendiendo a la jurisprudencia que ha analizado estos casos debemos entender que el contrato de sustitución podrá mantenerse hasta que se califique la incapacidad permanente del trabajador sustituido. Como nos indica, la IT ha llegado a su duración máxima, pero la causa de sustitución se mantiene dado que no se ha emitido resolución pasando a situación de IP al sustituido.
STS, rec. 1706/2004, de 5 de mayo de 2005.
Suspensión del contrato por posible mejoría de incapacidad permanente.
Extinción del contrato de trabajo por incapacidad del trabajador.