Última revisión
Caso práctico: Embargo de salarios, finiquito e indemnización por despido
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 15/10/2024
Las cantidades percibidas por el trabajador en concepto de indemnización por despido podrán ser objeto de embargo sin ningún tipo de límite, mientras que las cantidades del prorrateo de pagas extras y vacaciones no disfrutadas percibidas en finiquito, tendrán la consideración de salario y, su embargo deberá ceñirse a los límites del art. 607 de la LEC.
PLANTEAMIENTO
El trabajador «A», cuyo salario está siendo objeto de embargo en virtud de sentencia judicial, es despedido.
- ¿Ha de efectuarse el embargo sobre las cantidades adeudadas que serán liquidadas en finiquito y sobre su indemnización por despido?
RESPUESTA
Sí. Las cantidades percibidas por el trabajador en concepto de indemnización por despido podrán ser objeto de embargo sin ningún tipo de l...
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