Última revisión
Caso práctico: IAE: ¿En que epígrafe debe darse de alta el diseño de productos por los que se reciben unos royalties?
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
La actividad de diseño de productos cedidos bajo contrato a una multinacional y por los que, una vez confeccionados, se abonan unos royalties según ventas debe clasificarse en el epígrafe 843.9 de la sección primera, si tiene carácter empresarial; o en el epígrafe 399, de la sección segunda, si se realiza con profesionalmente.
PLANTEAMIENTO
¿En qué epígrafe de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas debe darse de alta la actividad de diseño de productos, cedidos a una multinacional, por los que una vez …
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