Última revisión
Caso práctico: IRPF. Venta de inmueble, fecha de adquisición
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 21/03/2024
Resumen:
La fecha de adquisición de una vivienda de autopromoción, a efectos de su tributación, se establece en el momento de la finalización de las obras. Este criterio se aplica siempre que se pueda acreditar dicha finalización por cualquier medio de prueba válido en derecho, según el artículo 106 de la Ley 58/2003, General Tributaria. Si no se puede acreditar la fecha de finalización, se tomará como referencia la fecha de la escritura de declaración de obra nueva.
PLANTEAMIENTO
Se compra un solar edificable el 13/5/1977. El ayuntamiento certifica la construcción de una vivienda según licencia de obras de fecha 15/8/1977, pero el certificado lleva fecha del año …
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