Última revisión
Caso práctico: IVA de empresa no establecida en España
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 04/05/2023
Resumen:
Se analiza la tributación en el IVA de los servicios prestados en España por un empresario francés no establecido en territorio español.
PLANTEAMIENTO
Un empresario español contrata a una empresa de Francia para la instalación de placas solares en España. El empresario francés no está establecido como tal en España. ¿Cómo debe emitirse la factura? Y, en su caso, ¿qué tendrá que hacer el empresario español?
RESPUESTA
La factura emitida no lleva IVA y debe indicar que se aplica la inversión del sujeto pasivo de conformidad con el artículo 226. 11 bis de la Directiva 2006/112/CE.
Por su parte, el empresario español declarará el IVA devengado por inversión del sujeto pasivo en las casillas 10 y 11 del modelo 303 (si está incluido en el Régimen simplificado del impuesto, en la casilla 53), o en su caso, casillas 21 y 22 del modelo 322.
Por otro lado, el empresario español deberá informar de la operación en el modelo 349 (Declaración Informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias) indicando el número de operador intracomunitario (VAT number) del empresario francés.