Última revisión
Caso práctico: Obligación de presentar el modelo 720 (cónyuges en gananciales)
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 27/07/2018
Resumen:
PLANTEAMIENTO
Dos trabajadores de una misma empresa casados en régimen de gananciales adquieren acciones a través de un Plan de compra que ofrece la empresa en la que trabajan, siendo cada uno de los cónyuges titular formal de una serie de valores (31.000€ y 36.000€ respectivamente). ¿Tienen los dos obligación de presentar la declaración informativa de bienes y derechos en el extranjero? (Modelo 720)
RESPUESTA
Al estar en régimen de gananciales, cuando la titularidad formal corresponda a uno de los cónyuges, los dos tienen obligación de presentar la declaración, debiendo presentarla también el cónyuge que no es titular formal, como titular real, de acuerdo con el artículo 4.2 de la Ley 10/2010 de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
? Por tanto, en tanto en cuanto los saldos superen los 50.000€ recogidos en el apartado del artículo 42 ter del RGAT, ambos cónyuges tienen la obligación de presentar declaración informativa.