Última revisión
Caso práctico: La persona jurídica. Capacidad de obrar plena en el ámbito patrimonial y limitada en el extrapatrimonial
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 06/07/2023
Resumen:
Las personas jurídicas tienen capacidad de obrar plena en el campo patrimonial, mientras que en el campo extrapatrimonial su capacidad de obrar es limitada. Conforme al contenido del artículo 38 del Código Civil, la persona jurídica puede adquirir y poseer bienes de todas clases, así como contraer y ejercitar acciones civiles o criminales.
PLANTEAMIENTO
En cuanto a las personas jurídicas, ¿tienen capacidad de obrar plena en el campo patrimonial? ¿ en el campo extrapatrimonial?
RESPUESTA
Las personas jurídicas en el campo patrimonial …
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