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Caso práctico: Constitución y clases del censo en Cataluña
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Orden: civil
Fecha última revisión: 21/11/2023
Resumen:
PLANTEAMIENTO
Se constituye un derecho de censo en la que consta la pensión y la cantidad convenida a efectos de la redención. Conforme al Código Civil de Cataluña, se pregunta lo siguiente:
1.- ¿Es necesaria la elevación a escritura pública?
2.- ¿Qué clases de censo existen?
RESPUESTA
1.- Sí, según lo dispuesto en el artículo 565-4 del Código Civil de Cataluña.
2.- Podrá ser enfitéutico o vitalicio. El primero es de carácter perpetuo y redimible a voluntad del censatario, de acuerdo con los requisitos establecidos por los artículos 565-11 y 565-12 del Código Civil de Cataluña. Por el contrario, el censo vitalicio es de carácter temporal e irredimible a voluntad del censatario, sin perjuicio de que pueda pactarse la redimibilidad de forma expresa.