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Caso práctico: Renuncia REDEME y modelo 347
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 07/02/2018
Resumen:
Una empresa que estuvo en REDEME durante el primer semestre del año 2017 y por lo tanto presentó el modelos 340 hasta Junio, renunció a REDEME, con fecha 1 de Julio. Ahora tiene que presentar la declaración informativa 347. ¿Tiene que incluir solo las operaciones del segundo semestre, que hayan superado los 3005,06 euros? o ¿tendría que declarar las operaciones que en su conjunto anual superen esta cantidad, teniendo en cuenta que algunos perceptores durante el segundo semestre no han superado la cantidad de 3005,06 euros?. Ejm: Un cliente en el primer semestre le facturamos 2.000 euros. El mismo cliente en el segundo semestre le facturamos otros 2.000 euros.
¿Habría que declararlo en el 347?
PLANTEAMIENTO
Una empresa que estuvo en REDEME durante el primer semestre del año 2017 y por lo tanto presentó el modelos 340 hasta Junio, renunció a REDEME, con fecha 1 de Julio. Ahora tiene que …
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