Última revisión
Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: Cálculo importe indemnización contrato eventual una vez finalizado ERTE FM
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 07/07/2020
Origen: Iberley
PLANTEAMIENTO
Tenemos unos trabajadores eventuales incluidos en ERTE FM que hemos desafectado del ERTE FM COVID 19 en un 50%. Cuando llegue la fecha de fin tiempo convenido tendremos que preparar finiquito e indemnizar con los 12 días que corresponde.
- ¿Cómo calculamos el importe de la indemnización a razón del salario del 50%, correspondiente a la nómina mes anterior fecha baja o al 100% porque su contrato de origen es a tiempo completo o hacemos un cálculo por un importe proporcional, igual que el que se calcula para pagar las vacaciones devengadas antes ERTE jornada 100 y después con un ERTE a un 50%?
El cálculo se realizará por un importe proporcional en función del promedio salarial anual.
El salario regulador que se debe utilizar para calcular la indemnización es el salario percibido en el mes en que se produce la extinción de la relación laboral. No obstante, la regla general, ha de ser revisada en el caso de que existan variaciones circunstanciales o aleatorias como la modificación de la jornada. En estos supuestos la unidad temporal elegida será el año, calculándose la cuantía del "salario regulador" en función del promedio salarial anual. STS, Sala de lo Social, nº S/S, de 12/05/2005, Rec. 2776/2004
Salario regulador a efectos del cálculo de la indemnización por despido.
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