Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: ¿Qué Organismo gestionará la pres...ividad del autónomo?
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Caso práctico: Situación ... autónomo?

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Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: ¿Qué Organismo gestionará la prestación extraordinaria por cese de actividad del autónomo?

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 23/03/2020

Origen: Iberley

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PLANTEAMIENTO

¿Qué Organismo gestionará la prestación extraordinaria por cese de actividad del autónomo?

RESPUESTA

Con carácter general corresponderá a las Mutuas.

El art. 17.6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, por el que se regula la prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, fija que la gestión de esta prestación corresponderá a las entidades a las que se refiere el artículo 346 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, es decir, las Mutuas.

Siguiendo el art. 11.5 Real Decreto 1541/2011, de 31 de octubre, la mutua correspondiente resolverá la solicitud en el plazo de 30 días hábiles desde su recepción con toda la documentación preceptiva. 

Como supuesto residual, comentar que para los autónomos que tienen concertada la protección por contingencias profesionales con el INSS, la gestión del cese extraordinario corresponde al SEPE.

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