Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: Procedimiento a seguir en caso de...positivo en Covid-19
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Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: Procedimiento a seguir en caso de baja laboral de autónomo por posible positivo en Covid-19

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 07/07/2020

Origen: Iberley

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PLANTEAMIENTO

Necesitaría saber que procedimiento ha de seguirse si una autonóma da positivo por COVID-19, o, si no da, pero tiene que hacer la cuarentena porque tiene una empleada que dio positivo. 

RESPUESTA

Debe solicitar un parte de baja por aislamiento en su Centro de Salud, pasando a situación asimilada a accidente de trabajo a los efectos de prestación económica por IT.

El artículo 5 del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, fija la consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento, contagio o restricción en las salidas del municipio donde tengan el domicilio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19.

En el caso de los autónomos los periodos de aislamiento o contagio por coronavirus se consideran, con carácter excepcional, situación asimilada a accidente de trabajo. Para justificar esta situación frente a la mutua con la que ha de tramitar la prestación necesitará parte de baja por aislamiento emitido por su Centro de Salud. Junto al Parte, con carácter genral y en funcion de la mutua ha de enviarse:

  • Fotocopia de Documento Nacional de Identidad (DNI)
  • Certificado de estar al corriente en Seguridad Social o copia de los tres últimos recibos de la cuota de autónomos.
  • Solicitud de la prestación que facilita la propia Mutua.
  • Declaración de situación de la actividad.
  • Modelo 145 de comunicación de datos al pagador.

El derecho a una prestación por IT se genera con independencia del tiempo que hayan estado cotizando en el RETA, percibiendo el 75% de la base reguladora de cotización en el mes anterior a la baja - en caso de cotizar por la base mínima para 2020 (944,40 euros) corresponderían 708 euros.

Consideración de las bajas asociadas al coronavirus Covid-19 como contingencia profesional a efectos prestacionales

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